QUITO.- Dos instrucciones fiscales se les abrieron en menos de tres horas a los seis detenidos por supuestamente participar en el asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio. La primera será por el delito de tráfico de drogas a gran escala, mientras que la segunda se dará por el delito de asesinato de un candidato a elección popular.
La noche del 10 de agosto último fue intensa en la Unidad de Flagrancia, ubicada en el norte de Quito, y más en el despacho de Gonzalo Núñez, juez que conoció la flagrancia y formulación de cargos de las dos causas en las que ahora son procesados Andrés M., Neider L., Adey G., Camilo R., Jules C. y Jhon R., todos de nacionalidad colombiana, según reportes policiales.
La primera audiencia se instaló pasadas las 19:00 del jueves último, casi 24 horas después de que en el país se confirmaba el fallecimiento de Villavicencio. Un ataque con arma de fuego de sicarios había acabado con la vida del periodista de 59 años cuando se retiraba de un mitin político dado en un coliseo ubicado entre las avenidas Gaspar de Villarroel y Amazonas, en el norte de la ciudad. En la escena del crimen se encontraron 61 vainas de arma calibre 9 mm, tres vainas calibre 2.23 y una granada que no explotó.
En los allanamientos dados en viviendas en Conocoto y San Bartolo, en el suroriente y sur de Quito, junto con un fusil, cuatro pistolas, subfusil, seis alimentadoras, dos alimentadoras calibre 5.56, varias cajas con munición calibre 9 mm, tres granadas de fragmentación tipo piña también se incautaron varios kilos de sustancia estupefaciente -no se dio a conocer ni la cantidad ni el tipo de droga descubierta-.
En el caso de drogas, la defensora pública que representó a todos arrancó su argumento señalando que sus defendidos tienen golpes y traumatismos y que existen los certificados médicos que lo comprueban. Dijo al juez que no ha tenido la constancia de que se haya notificado a la Embajada de Colombia en Ecuador sobre la situación de sus clientes, que se ha faltado al debido proceso y solicitó que se califique de ilegal la aprehensión.
Para la defensora también era importante, en relación a la flagrancia, que se determine quién almacenaba y quién poseía la droga, que se explique si las sustancias encontradas serían puestas en el comercio o qué sucedería con ellas.
El juez Núñez desestimó las alegaciones, calificó la flagrancia y dio inicio a una instrucción fiscal de 30 días por el delito contemplado en el artículo 220, numeral 1, literal d, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): la persona que directa o indirectamente, sin autorización o incumpliendo requisitos previstos en la normativa correspondiente, trafique, sea que oferte, almacene, intermedie, distribuya, compre, venda, envíe, transporte, importe, exporte, tenga o posea con el propósito de comercializar o colocar en el mercado sustancias estupefacientes y psicotrópicas o preparados que las contengan, en las cantidades señaladas en las escalas previstas en la normativa pertinente, a gran escala, será sancionada con pena privativa de libertad de diez a trece años.
Acogiendo el pedido del representante de la Fiscalía General del Estado, todos recibieron orden de prisión preventiva.
Nadie dejó la sala de audiencias y de inmediato, faltando un cuarto de hora para que den las 21:00, el juez de flagrancia instaló la audiencia contra las mismas seis personas, pero esta vez por el delito de asesinato, contenido en el artículo 140, inciso primero, numerales nueve y diez, también del COIP.
Esa norma sostiene que la persona que mate a otra será sancionada con pena privativa de libertad de 22 a 26 años, si perpetra la muerte durante concentraciones masivas, tumulto, conmoción popular, evento deportivo o calamidad pública y en contra de un dignatario o candidato a elección popular, elementos de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, fiscales, jueces o miembros de la Función Judicial por asuntos relacionados con sus funciones o testigo protegido.
Sin titubear, el juez Gonzalo Núñez calificó la flagrancia. La decisión se tomaba independientemente que la defensora pública de los seis procesados dijo no tener nada que decir sobre la legalidad de la aprehensión, pero sí resaltó, en cuanto a la flagrancia, que era necesario conocer si todos eran los causantes del hecho y solo Fiscalía en audiencia ha realizado un recuento de manera general. Para la abogada, lo indicado era el especificar la actuación de cada uno dentro del asesinato.
El fiscal a cargo presentó 22 elementos de convicción para evidenciar la responsabilidad y participación de los ahora procesados. Los mismos habrían sido levantados en la escena del crimen, en los allanamientos ejecutados en Conocoto, San Bartolo y Guamaní y a través de versiones de testigos, informes, pericias balísticas, análisis de videos de cámaras de seguridad…
Según la Fiscalía, el protocolo de autopsia indicaría que Fernando Villavicencio recibió disparos de larga distancia, mientras que el informe balístico determinaría que las vainas calibre 2.23 coinciden con uno de los fusiles hallados en los allanamientos. Además se presentó el registro de una huella dactilar encontrada en una moto abandonada por los ahora procesados.
Para Núñez, existían elementos suficientes para disponer el inicio de una instrucción fiscal por el delito de asesinato. Esta etapa del procesamiento penal duraría 30 días, si no se vincula a nadie más, y durante este tiempo los investigados mantendrán orden de prisión preventiva. No se conoce aún a qué centro de privación de la libertad (CPL) serán llevados, pero se ha pedido que se extreme la seguridad para todos ellos, pues es importante lo que tendrán que decir en el desarrollo de las indagaciones.
Desde el Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI) se indicó que por seguridad, por el momento, no se podía dar a conocer a qué CPL serían llevados los procesados por trafico de drogas y asesinato.
La diligencia terminó antes de las 22:00. En los exteriores de la Unidad de Flagrancia únicamente se mantenía el resguardo policial que fue observado durante toda la jornada. Los sospechosos fueron llevados a la Zona de Aseguramiento de la unidad y ahí permanecerían hasta que sean trasladados al CPL que garantice su seguridad y presencia en los procesos penales. (DIARIO CORREO)
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