Quito (Pichincha), 25 de julio de 2024.- “Te van a hablar. No cuentes de esto”, “verás que te van a hablar tus papás. No cuentes”. Con estas amenazas, Raúl Marcelo T. intentaba asegurar su impunidad ante el abuso sexual que –por aproximadamente dos años– cometió contra una niña.
Él fue sentenciado a nueve años y cuatro meses como autor del delito.
El último evento ocurrió en 2019. Ese año, la pequeña –con apenas 9 años– venció el miedo a las amenazas y decidió –en medio de lágrimas– contarle a su madre que su tío abuelo le tocaba sus partes íntimas.
La mujer le hizo algunas preguntas y, a medida que la niña le respondía, entendía el porqué de su comportamiento en los últimos meses.
Ella lloraba sin un aparente motivo, tenía problemas para dormir y no quería descansar sola en su habitación.
El padre de la víctima se enteró por boca de su exesposa lo que ocurrió y formalizó la denuncia.
Luego de conocer de los hechos, Fiscalía inició el proceso hasta llevar a juicio a Raúl Marcelo T. La Fiscal de la Unidad de Violencia de Género que llevó la causa reunió todas las pruebas y las justificó ante el Tribunal de Garantías Penales correspondiente.
Durante el juzgamiento, ella explicó a los jueces que el hombre –de 63 años– tocó a la niña por más de una ocasión.
Una de las pruebas que practicó en el juzgamiento fue el testimonio anticipado rendido por la agraviada: ella narró con detalles, cómo su tío abuelo materno la amenazaba después de cada acto de tocamiento.
Ese relato coincidió con lo que la niña indicó durante la valoración psicológica que se le practicó, por lo que la perita concluyó que el delito le dejó secuelas visibles, miedo a estar sola y apego a su madre.
Fiscalía también presentó las pericias de entorno social, de reconocimiento del lugar de los hechos y los testimonios de los padres de la niña.
Los jueces valoraron el conjunto probatorio y le impusieron la pena máxima estipulada para el delito, considerando la circunstancia agravante del artículo 48, numeral 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): “compartir o ser parte del núcleo familiar de la víctima”.
Información jurídica
Raúl Marcelo T. fue sentenciado con base en el artículo 170, inciso 2, del COIP –antes de la reforma publicada en el Registro Oficial el 24 de diciembre de 2019, que entró en vigencia en junio de 2020– y le impusieron la pena máxima, sumado un tercio por la circunstancia agravante. (FGE)
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