Quito (Pichincha), 24 de septiembre de 2024.- Jhofre C., Washington V., Estad P. y Ana María B. fueron sentenciados a una pena privativa de libertad de diecisiete años y cuatro meses por el secuestro extorsivo de un hombre: ocurrió el 20 de septiembre de 2023 en el sector de Puengasí, en el suroriente de Quito. Fiscalía demostró su culpabilidad como autores directos del delito ante un Tribunal.
La Fiscal Especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional explicó en su alegato que, la fecha en que ocurrieron los hechos, la víctima viajó desde Ambato –ciudad de residencia– a Quito para reunirse con unas personas que, a través de la red social Facebook, le ofrecieron un préstamo de 100.000 dólares.
Su interlocutor le dio una instrucción: él debía esperar en los alrededores de un centro comercial del sur de Quito hasta que apareciera un taxi que lo pasaría a buscar, para llevarlo a un inmueble ubicado en el sector de Puengasí.
Ahí, el denunciante fue agredido y secuestrado. Sus captores contactaron a su hija, exigiendo 10.000 dólares a cambio de liberarlo con vida. Su testimonio fue una de las pruebas clave presentadas por Fiscalía durante la audiencia de juicio.
El conjunto probatorio incluyó las pericias practicadas a los teléfonos de los secuestradores, en los que se hallaron mensajes relacionados con el delito. Asimismo, Fiscalía expuso un video que grabaron a la víctima solicitando ayuda a sus familiares. Las imágenes fueron captadas con el teléfono celular de Jhofre C.
El testimonio anticipado rendido por el secuestrado reforzó la acusación fiscal. En su relato, el hombre narró que, luego de ser puesto en cautiverio, logró escapar de sus victimarios y pedir ayuda.
Jhofre C., Washington V. Estad P. fueron aprehendidos en flagrancia. En el transcurso del proceso, Fiscalía vinculó a Ana María B., también sentenciada como autora del secuestro extorsivo.
El día de los hechos, la Policía también aprehendió a Samanta T., quien acompañaba a los secuestradores. Al no encontrar elementos que llevaran a presumir su participación en el secuestro, no fue acusada por ese delito, pero sí lo hizo por el tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala: en su poder se encontraron 90,90 gramos de cocaína y 54,92 gramos de marihuana. Por esta infracción penal, fue sentenciada a siete años de privación de la libertad.
Información jurídica
El delito de secuestro extorsivo está tipificado en el artículo 162, numeral 9, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En esta causa, el Tribunal aplicó la circunstancia agravante del artículo 47, numeral 5, de la misma norma: “cometer la infracción con participación de dos o más personas”. (FGE)
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