Guayaquil (Guayas), 04 de septiembre de 2025.- Con las pruebas periciales, documentales y testimoniales presentadas por Fiscalía, el Tribunal Penal de Guayas que conoció la causa dictó sentencia condenatoria agravada de trece años y cuatro meses de prisión contra Segundo Olmedo C. H., por el delito de abuso sexual perpetrado contra una niña de 10 años con 35 % de discapacidad intelectual. El hecho ocurrió el 13 de enero de 2020 en el domicilio de la víctima, sur de Guayaquil.
El caso se conoció a través de la denuncia de un familiar de la pequeña, quien recibió un video en su celular que evidenciaba el presunto abuso. El agresor era pareja de la madre de la víctima, aunque vivían separados.
Fiscalía abrió la investigación y, el 6 de agosto de 2021, se llevó a cabo la audiencia preparatoria de juicio. Durante esa etapa, el Juez de la causa dictó medidas cautelares de presentación periódica ante la autoridad y prohibición de salida del país para el procesado.
En la audiencia de juzgamiento, desarrollada en la Unidad Judicial Albán Borja, la Fiscal a cargo presentó las pruebas que demostraron la participación y responsabilidad penal del implicado en los hechos. Entre estas se incluyen: los informes investigativos, la pericia psicológica y de rasgos de personalidad, la de entorno social, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, la explotación de información de teléfonos celulares, el testimonio anticipado de la víctima y la denuncia presentada.
Además, la Institución contó con la comparecencia de diez testigos, incluyendo agentes investigadores, peritos médicos, psicólogos, trabajadora social, perito de audio y video, un familiar de la afectada y el testimonio anticipado de la víctima.
El Tribunal Penal acogió la totalidad de los elementos probatorios y, por unanimidad, dictó sentencia condenatoria contra Segundo Olmedo C. H., en calidad de autor directo del delito de abuso sexual. Además, se le impuso una multa equivalente a cuarenta salarios básicos unificados y 5.000 dólares como reparación integral a la víctima.
Los Magistrados también dictaron medidas de protección para la afectada, según el artículo 558, numerales 2 y 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), incluyendo:
- Prohibición de acercamiento del procesado.
- Boleta de auxilio para la víctima y su entorno familiar.
- Rehabilitación psicológica y educativa de la afectada y sus familiares, en una institución de salud pública de Guayaquil.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso con base en lo dispuesto en el artículo 170, inciso primero y segundo, del COIP, que sanciona el abuso sexual con pena privativa de libertad de siete a diez años, más las agravantes del artículo 48, numeral 9, que incrementaron la pena en un tercio, resultando en la sentencia máxima aplicada. (FGE)
Mas noticias
Caso Peces Dorados: Fiscalía procesa a 2 personas naturales y una jurídica por presunto lavado de activos
Culpable de abuso sexual recibe sentencia agravada
5 procesados por delitos de armas y drogas