Guayaquil (Guayas), 11 de septiembre de 2025.- La Fiscalía General del Estado procesó a cuatro personas por el presunto delito de asociación ilícita para el cometimiento de extorsiones y robo de vehículos. Fueron detenidas en allanamientos ejecutados junto con la Policía Nacional en el sector de Bastión Popular, en el norte de Guayaquil. En los inmuebles se incautaron tres vehículos reportados como robados (dos motocicletas y un automóvil), además de indumentaria y otras evidencias utilizadas en los ilícitos.
La investigación inició el 5 de junio de 2025, tras denuncias ciudadanas por robos y extorsiones registrados en Guayaquil, Pascuales y Durán. Con el seguimiento a la organización delictiva y la identificación de los vehículos empleados –a través de cámaras de seguridad–, Fiscalía y la Policía coordinaron los allanamientos, autorizados por un Juez competente.
De acuerdo con los informes investigativos, los ahora procesados perfilaban previamente a sus víctimas para asaltarlas a mano armada mientras se movilizaban en sus vehículos. También sustraían automotores estacionados mediante la manipulación de sistemas de seguridad. Luego, trasladaban los vehículos a garajes o lotes baldíos en Pascuales, desde donde extorsionaban a los propietarios para su devolución.
En la audiencia de formulación de cargos, la Fiscal de la Unidad Especializada de Delincuencia Organizada (Fedoti) a cargo del caso presentó como elementos de convicción los partes informativos y de detención, las versiones de los agentes, los dispositivos móviles incautados, los videos de cámaras de seguridad y los informes de vigilancia y seguimiento, entre otros.
El Juez de Garantías Penales acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva contra Henry Mauricio T. M., alias “Gato” (presunto líder); Cristhian Manuel H. Q., alias “Rayo”; Washington Gregorio V. B., alias “Prieto”; y Ángel Geovanny F. G. alias “Mima”.
La instrucción fiscal durará noventa días.
Información jurídica
Este caso se procesa por el delito de asociación ilícita, tipificado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), sancionado con una pena privativa de libertad de tres a cinco años. (FGE)
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