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Sentenciado a 7 años de prisión por tráfico ilícito de migrantes

Ambato (Tungurahua), 15 de septiembre de 2025.- La Fiscalía General del Estado obtuvo sentencia condenatoria contra Misael Matías T. Ch. El Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua lo declaró autor directo del delito de tráfico ilícito de migrantes y lo sentenció a siete años de privación de libertad.

El fallo también dispuso el pago de una multa equivalente a veinte salarios básicos unificados y una reparación integral de 5.000 dólares a favor de la víctima, considerando que previamente recibió 7.000 dólares y tres vehículos mediante acuerdos comunitarios.

Los hechos

En octubre de 2023, la víctima conoció al ahora sentenciado en la plaza Primero de Mayo de Ambato. Allí, Misael Matías T. Ch. le ofreció gestionar la salida hacia Estados Unidos de él, su esposa y sus dos hijos, a cambio de 24.000 dólares.

El acuerdo incluyó la entrega de fotografías, la obtención de pasaportes y la compra de boletos aéreos con destino inicial a El Salvador. La víctima entregó el dinero en varias cuotas: 6.000 dólares en un primer momento y, posteriormente, 17.000 dólares adicionales, recursos obtenidos mediante créditos en las cooperativas Mushuc Runa y JEP.

El viaje fue programado para el 3 de enero de 2024 desde el aeropuerto internacional Mariscal Sucre de Quito. Sin embargo, la familia esperó durante todo el día sin poder abordar ningún vuelo. El ahora sentenciado argumentó que los vuelos estaban “saturados” y prometió reagendar la salida en quince días, lo cual nunca ocurrió. Luego desapareció sin cumplir lo ofrecido.

Juicio

Durante la audiencia de juicio, Fiscalía presentó testimonios de las víctimas que relataron la entrega del dinero, los trámites para la obtención de pasaportes y la frustración del viaje. La esposa corroboró los pagos y la promesa de traslado junto a sus hijos.

Se incorporaron también informes de la Unidad de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes, pericias telefónicas y de audio, video y afines que confirmó comunicaciones entre el procesado y la víctima, además de pruebas documentales como actas comunitarias (firmadas en San Fernando-Comunidad La Estancia, donde el procesado se comprometía a devolver el dinero), certificados bancarios y depósitos.

Información jurídica

El delito de tráfico ilícito de migrantes está tipificado en el artículo 213 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y sanciona con privación de libertad de siete a diez años. (FGE)