Riobamba (Chimborazo), 24 de septiembre de 2025.- Fiscalía obtuvo una sentencia condenatoria contra Oscar Efrén P. P., a quien el Tribunal Penal de Chimborazo que conoció la causa impuso una pena de un año de privación de libertad, por el incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente, relacionadas con una boleta de auxilio.
El 8 de mayo de 2025, personal policial acudió a un llamado de emergencia en las calles Veloz y Darquea, en Riobamba. La víctima denunció que su hijo ingresó a su domicilio y la agredió verbal y físicamente. El ahora sentenciado fue aprehendido en flagrancia y puesto a órdenes de la autoridad competente.
Fiscalía demostró que la víctima contaba con medidas de protección emitidas por la Unidad de Violencia contra la Mujer y la Familia de Riobamba, incluida una boleta que prohibía al procesado acercarse o proferir insultos en su contra. La boleta, vigente desde el 8 de noviembre de 2023, fue notificada por la Policía Nacional, por lo que Oscar Efrén P. P. estaba plenamente consciente de las restricciones.
La investigación también incluyó los testimonios de la víctima y de los policías que aprehendieron al agresor y efectuaron el reconocimiento del lugar de los hechos. Entre la prueba documental se incorporaron la boleta de protección y el parte policial.
El Tribunal concluyó que el agresor incumplió las decisiones legítimas dictadas por autoridad competente y ratificó la responsabilidad demostrada por Fiscalía.
Información jurídica
El delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente está tipificado en el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y sanciona a la persona que incumpla órdenes o prohibiciones específicas legalmente debidas, dirigidas por autoridad competente en el marco de sus facultades legales, con una pena privativa de libertad de uno a tres años. (FGE)
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