Alausí (Chimborazo), 03 de octubre de 2025.- En audiencia de procedimiento abreviado, el Juez Multicompetente que conoció la causa sentenció a Jean Carlos V. R. a una pena reducida de cuarenta meses de prisión por su autoría en el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización a mediana escala.
La noche del 11 de julio de 2025, personal del Ejército Ecuatoriano ejecutaba un operativo de control en las calles Pedro Loza y Villalva, en el cantón Alausí, cuando observaron al ahora sentenciado movilizándose en una motocicleta. Luego de haber ordenado que se detuviera, se le efectuó un registro corporal.
Durante el procedimiento, se encontró –a la altura de la cintura– una funda con treinta sobres de una sustancia verdosa que, al ser sometida a análisis químico, resultó ser 133 gramos de marihuana. También se le incautaron dos terminales móviles y dinero en efectivo. Jean Carlos V. R. fue entregado a la Policía Nacional y aprehendido en delito flagrante.
Durante la audiencia, el procesado aceptó su participación en el hecho imputado y se acogió al procedimiento abreviado, previsto en el artículo 635 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), lo que permitió la reducción de su pena.
En su intervención, el Fiscal Multicompetente de Alausí expuso como elementos de convicción: el parte policial, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, los resultados del análisis químico de la sustancia incautada, versiones de agentes policiales y peritos, el informe pericial de reconocimiento de evidencias, entre otros.
Información jurídica
El tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal b, del COIP, en su modalidad de mediana escala, y se sanciona con pena privativa de libertad de cinco a siete años. En este caso, el procesado se acogió al procedimiento abreviado. (FGE)
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