RADIO COLOSAL

1040 AM HD

4 personas son procesadas por asociación ilícita para el robo de vehículos

Quito (Pichincha), 06 de octubre de 2025.- La Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada, Transnacional e Internacional (Fedoti) formuló cargos contra cuatro personas, presuntos integrantes del grupo delictivo “Los Lobos”, por presunta asociación ilícita para robo con violencia de accesorios de vehículos y autopartes.

El grupo fue detenido la madrugada del 2 de octubre de 2025 durante cinco allanamientos desarrollados en Guamaní, Solanda, La Mena y La Ferroviaria, barrios ubicados en el sur de Quito.

Según la investigación, iniciada en julio de 2025, los ahora procesados habrían utilizado armas de fuego para amedrentar a los dueños de vehículos que circulaban de noche o que se estacionaban en calles desoladas, con el fin de sustraer partes y accesorios de los autos. Además, serían responsables del robo del cerebro de una ambulancia y, presuntamente, habrían drogado a perros para silenciarlos e ingresar a domicilios a sustraer objetos de valor.

En la audiencia de formulación de cargos, la Fiscal del caso presentó como elementos de convicción el informe del acta de evidencias levantada durante el operativo, donde se describen ropa y zapatos que habrían utilizado en los atracos, los cuales se cotejarán con imágenes obtenidas en las vigilancias y seguimientos.

Asimismo, se incautaron un arma de fogueo, cajas de licores y un altar a la santa muerte. Se sumaron también las denuncias de ciudadanos que los habrían identificado a bordo de un vehículo, mismo que fue incautado durante el operativo.

La instrucción fiscal en contra de Stalin Alonso Ch. Ll., alias “Cachetes”; Alex Antonio Y. Q., alias “Lucho”; Alex Manuel I. P., alias “Mono”; y Erick Eduardo A. C. se establece por noventa días.

Información jurídica

El artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) describe el delito de asociación ilícita: “Cuando dos o más personas se asocien con el fin de cometer delitos, sancionados con pena privativa de libertad de menos de cinco años, cada una de ellas será sancionada, por el solo hecho de la asociación, con pena privativa de libertad de tres a cinco años”. (FGE)