Quito (Pichincha), 22 de octubre de 2025.- Se fijó un plazo de noventa días para la instrucción fiscal, iniciada con el fin de investigar un delito de robo con resultado de muerte, del que fue víctima una pareja de adultos mayores el 13 de octubre de 2025.
Fiscalía procesa a Jaime Roberto Ch. V. como el presunto responsable de ambas muertes. En la audiencia de formulación de cargos, desarrollada la noche del 21 de octubre de 2025, la Fiscal del caso motivó el pedido de prisión preventiva con base en los elementos de convicción puestos en conocimiento del Juez de Garantías Penales.
Entre ellos constaron los videos de las cámaras de seguridad ubicadas cerca de la residencia donde habitaban los adultos mayores. Las imágenes captaron el momento en que Jaime Roberto Ch. V. habría ingresado a la vivienda de las víctimas, ubicada en el sector de Carapungo, en el norte de Quito.
La Fiscal indicó en la audiencia que, de acuerdo a los videos, el hombre habría permanecido en el inmueble entre las 09:00 y 12:00 del 13 de octubre de 2025. Estos tiempos coincidirían con la hora aproximada de muerte registrada en el acta de levantamiento de los cadáveres, que data de las 11:00.
En las imágenes –agregó la Fiscal–, el sospechoso aparecería saliendo con una mochila azul que, presuntamente, contenía los artículos sustraídos a los adultos mayores.
Según el informe de autopsia –parte de los elementos de convicción–, los cuerpos de las víctimas presentaban traumatismo craneoencefálico provocado por un objeto contundente. La agresión derivó en una hemorragia cerebral y fractura de cráneo.
Con base en las diligencias investigativas dispuestas por Fiscalía, agentes de la Policía detuvieron al sospechoso mientras se movilizaba en un bus de transporte público, en el norte de Quito.
El implicado –indicó la Fiscal– tenía una relación cercana con las víctimas, ya que frecuentemente hacía trabajos de albañilería en el domicilio que se convirtió en la escena del crimen.
Información jurídica
Esta causa se procesa por el delito de robo, tipificado en el artículo 189, inciso final, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)
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