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2 personas son condenadas por tráfico de drogas en Caluma

Caluma (Bolívar), 27 de octubre de 2025.- El Tribunal de Garantías Penales de Bolívar acogió las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado y dictó sentencia condenatoria contra Sandro Danilo P. G. y Jhonny Alberto Q. V. por el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, en mediana y alta escala.

El Tribunal resolvió imponer las siguientes penas: Sandro Danilo P. G. fue sentenciado a cinco años de prisión, mientras que para Jhonny Alberto Q. V. recibió diecinueve años de prisión.

Durante la audiencia de juicio, Fiscalía comprobó que los hechos ocurridos el 4 de febrero de 2025, cuando –según la investigación– una alerta ciudadana advirtió sobre la presunta venta de sustancias ilícitas en un inmueble ubicado en el barrio Los Rosales, cantón Caluma.

Al llegar al lugar, los agentes observaron a dos hombres en el exterior de una vivienda de color amarillo, quienes, al notar la presencia policial, intentaron huir: uno ingresó al domicilio y el otro escapó en una motocicleta negra.

Durante el registro, se encontró en poder de Jhonny Alberto Q. V. una funda blanca que contenía cuarenta y cinco envolturas con una sustancia blanquecina (cocaína) y otra funda con marihuana. Por su parte, tras una persecución, Sandro Danilo P. G. fue interceptado y permitió el registro de su vivienda, donde los agentes hallaron una funda con treinta envolturas de cocaína.

Los informes periciales determinaron que la sustancia incautada a Jhonny Alberto Q. V. correspondía a 64,58 gramos de cocaína y 21,78 gramos de marihuana y que la sustancia incautada a Sandro Danilo P. G. correspondía a 41,29 gramos de cocaína.

Fiscalía sustentó su acusación con los informes periciales químicos, el parte policial de aprehensión, la cadena de custodia, los testimonios de los agentes intervinientes y la valoración pericial de las sustancias incautadas, lo que permitió demostrar la responsabilidad penal de los procesados.

Información jurídica

El delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización está tipificado en el artículo 220, inciso primero, numeral 1, literal b (mediana escala) y literal c (alta escala), del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)