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31 sentenciados por asociación ilícita extorsionaban personas desde un call center

Quito (Pichincha), 27 de octubre de 2025.- Entre doce y dieciocho meses de privación de la libertad fueron las sentencias impuestas a treinta y un personas, procesadas por Fiscalía por el delito de asociación ilícita en el contexto de actividades extorsivas ejecutadas desde una empresa de call center ubicada en el norte de Quito.

En la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, los acusados pidieron someterse a un procedimiento abreviado, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 635 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Ellos reconocieron su participación en los hechos y, con base en la norma, acordaron con Fiscalía la pena, según su grado de participación.

La Fiscal de la causa presentó como pruebas los testimonios de los mismos procesados, quienes admitieron haber llamado y enviado mensajes a personas en el extranjero, exigiéndoles sumas de dinero a cambio de no atentar contra su integridad.

Además, utilizaban las aplicaciones Pegasus, Rimbill y de mensajería instantánea para enviar mensajes, fotos y videos que mostraban personas siendo mutiladas, advirtiendo que eso les ocurriría si no cumplían con sus exigencias. Todo estas acciones se llevaban a cabo desde el inmueble que alojaba la empresa de call center.

También testificaron los agentes de policía que ejecutaron el operativo el 25 de junio de 2025, así como peritos en informática forense, reconocimiento del lugar de los hechos, análisis financiero, reconocimiento de evidencias y pericia informática de los dispositivos tecnológicos, entre otras pruebas con las que Fiscalía motivó su acusación.

Sobreseimientos y apelación

Los treinta y un sentenciados son parte de un grupo de cuarenta y cuatro personas a quienes Fiscalía formuló cargos por asociación ilícita. Los otros trece procesados continuaron con el procedimiento ordinario.

Pese a que en la audiencia preparatoria de juicio Fiscalía presentó los elementos de convicción suficientes para solicitar que se los llame a juicio, la Jueza aceptó ese pedido solo para tres de los trece procesados y dictó auto de sobreseimiento para los otros diez, sin considerar todas las pruebas aportadas por Fiscalía. El fallo será apelado por la Fiscal del caso.

Durante este proceso, Fiscalía identificó otros posibles delitos relacionadas con enriquecimiento privado no justificado, falta de afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social por parte de una persona jurídica, violación a la intimidad y pornografía infantil. Por estos supuestos actos, la Institución –en el marco de sus competencias– inició las respectivas investigaciones previas.

Información jurídica

El delito de asociación ilícita se sanciona en el artículo 370 del COIP con una pena privativa de la libertad de tres a cinco años. (FGE)