Un juez penal de Quito dictó el 27 de octubre de 2025 un auto de sobreseimiento a favor de las hermanas María Verónica y Martha Alejandra Montenegro Vacas. También a un agente aduanero, un primo, el esposo de su prima y un empresario radicado en el extranjero. Esto ocurrió en la audiencia preparatoria de juicio por presunto lavado de activos en el Complejo Judicial de Quito, Ecuador. Este caso puso a Ecuador en el centro de la atención debido a incoherencias en la acusación fiscal que no acreditó el origen ilícito de los USD 2,1 millones incautados el 21 de noviembre de 2024.
Conclusión de la audiencia y resolución judicial
La audiencia preparatoria, que duró cinco días hasta el 24 de octubre de 2025, analizó pruebas presentadas por la Fiscalía, incluyendo documentos de asistencia penal internacional con República Dominicana. Finalmente, el juez resolvió que no se configuraron los elementos del delito de lavado de activos. Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), este requiere demostrar un ataque sistemático contra el sistema financiero de Ecuador.
La Fiscalía, que vinculó inicialmente a ocho personas —incluyendo tres agentes aduaneros—, rechazó el dictamen y apeló ante una Sala Especializada Penal de la Judicatura. Como resultado, el sobreseimiento libera a los procesados de medidas cautelares previas, como prisión preventiva y presentaciones periódicas.
El caso involucró allanamientos en diciembre de 2024 en oficinas de Quito. Durante el operativo, se incautaron documentos y fotografías de aparatos para medir pureza de minerales, según el expediente judicial. La Fiscalía busca cerrar este tipo de casos en Ecuador.
Detalles de la detención y acusación fiscal
El 21 de noviembre de 2024, las hermanas Montenegro Vacas arribaron al Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre en un vuelo de Copa Airlines desde Punta Cana, con escala en Panamá. Una revisión aleatoria por la Policía Nacional reveló 21 fajos de billetes de USD 100 en una maleta de mano de María Verónica, totalizando USD 2,1 millones. Toda esta operación generó atención en Ecuador al considerar que el dinero podría involucrar contrabando de oro.
La Fiscalía argumentó que el dinero provenía de contrabando de oro de minería ilegal, facilitado por una empresa dominicana registrada en julio de 2024 para fabricación de joyas. Además, según testimonios y mensajes de celulares incautados. Las hermanas viajaron múltiples veces: el 6 de noviembre (ida y vuelta con presuntas piezas de oro de 17.000 y 5.000 gramos), el 12-13 de noviembre (con USD 2,1 millones retornados) y el 17-21 de noviembre (con 31.000 gramos de oro salientes y los USD 2,1 millones incautados).
Registros migratorios de 2024 muestran 107 viajes internacionales de las hermanas a Panamá, Colombia y República Dominicana. Supuestamente, la red buscaba ingresar USD 5 millones, con colaboración de agentes aduaneros. Estos recibían fotos de pasajeras y coordinaban evasión de controles, según chats recuperados.
Viajes previos y rol de los implicados
María Verónica, secretaria de Esteban U. (esposo de su prima Karina C.V., con ingresos de USD 2,117 millones entre 2020-2024), afirmó que el dinero era para inversión en una plaza comercial en Cuenca. Esteban U. y el empresario Alberto M., radicado en el extranjero, supuestamente daban instrucciones vía WhatsApp. También, incluso cubrían pasajes y viáticos.
El primo Carlos L.V. esperaba en un vehículo blindado en el parqueadero; él viajó a Punta Cana con “material no ferroso” (presunto oro) y retornó con USD 1,2 millones del mismo banco dominicano. Los agentes aduaneros, incluyendo Bryan Steven M.V. y Aníbal B., facilitaron dos ingresos previos sin escáneres, borrando chats para encubrir.
El presidente Daniel Noboa atribuyó inicialmente el dinero a financiamiento de protestas del 22 de noviembre de 2024, pero la instrucción fiscal descartó esa conexión, enfocándose en lavado de oro de minería ilegal.
Argumentos del juez y apelación pendiente
El juez destacó la “incoherencia lógica” en la acusación: la empresa dominicana estaba registrada legalmente, con certificación del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación (abril de 2025) y exportaciones por USD 2,4 millones a India y Emiratos Árabes. No se vinculó a otras firmas metalúrgicas ni se probaron fases del lavado: ingreso al sistema financiero, depósitos, transacciones o compra de activos.
Documentos de República Dominicana confirmaron operaciones en joyería, no como “empresa de papel”. La Unidad de Análisis Financiero y Extracción (UAFE) reportó movimientos sospechosos, pero insuficientes para condena.
La apelación, aceptada el 28 de octubre de 2025, remite el expediente a una sala penal para revisión. Mientras, los absueltos —incluyendo a los tres agentes— recuperan libertad plena. Este caso resalta desafíos en investigaciones transfronterizas contra lavado de activos en Ecuador, con 1.200 denuncias en 2024 por el Servicio Nacional de Aduanas.
La Fiscalía mantiene que el esquema involucraba disfrazar oro en llaveros y objetos para reingresarlo, pero el sobreseimiento provisional frena el juicio oral. Las operaciones relacionadas con estos delitos han sido una preocupación para Ecuador. (EL DIARIO)

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