Manta (Manabí), 21 de noviembre de 2025.- Edgar Z. fue condenado a veintinueve años y tres meses de pena privativa de libertad por el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa, luego de haber sido declarado culpable del delito de violación cometido contra su sobrina política. La sentencia se sustentó en las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado.
El hecho ocurrió en julio de 2024, en el barrio El Porvenir de Manta. La víctima, de 11 años en ese momento, había llegado de visita a la casa de su padre durante las vacaciones, ya que residía en Quito junto con su madre. Ese día, la tía de la niña solicitó que permaneciera unas horas en su casa, donde se encontraba el agresor, esposo de la tía. En ese lugar, el ahora sentenciado cometió el delito y amenazó a la pequeña para que no contara lo sucedido. Días después, la víctima relató los hechos a su padre, quien acudió a Fiscalía a presentar la denuncia.
La Institución activó de inmediato el protocolo de investigación por violación, llevando a cabo las primeras diligencias, que incluyeron la valoración médica y el testimonio anticipado de la víctima. Con estos y otros elementos de convicción se formularon cargos contra el agresor, quien luego fue llamado a juicio.
Entre las principales pruebas presentadas ante el Tribunal se encuentran los resultados de las pericias médico-legal y psicológica, que confirmaron la afectación física y emocional de la víctima. Los profesionales que la entrevistaron coincidieron con su relato.
También se incluyó el testimonio del padre de la niña, quien confirmó que el procesado es esposo de su hermana. Además, la víctima identificó al agresor durante el testimonio anticipado. Se incluyeron, asimismo, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y una pericia de entorno social, que permitió establecer la vulnerabilidad en la que se encontraba la pequeña al momento del delito.
Luego de haber analizado todas las pruebas de forma integral, el Tribunal acogió la tesis de Fiscalía y dictó la pena máxima prevista para este delito, aplicando agravantes que incrementaron la condena en un tercio.
Información jurídica
El delito de violación está tipificado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años. (FGE)

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