Riobamba (Chimborazo), 27 de noviembre de 2025.- Jefferson Alexander G. R. se sometió al procedimiento abreviado y aceptó su responsabilidad en el delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización, en mediana escala, por lo que recibió una sentencia de cuarenta meses de prisión.
Además, el Juez de Garantías Penales del cantón le impuso una multa de ocho salarios básicos unificados, como parte de la sentencia.
En la audiencia, la Fiscal del caso demostró la responsabilidad del ahora sentenciado con el informe de verificación, pesaje y análisis químico de la sustancia incautada; el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y levantamiento de evidencias; el parte policial de la aprehensión, entre otros elementos probatorios.
Mediante parte policial, Fiscalía conoció del hecho ocurrido la tarde del 9 de septiembre de 2025, en las calles Río Paute y Río Peripa, en Riobamba. Agentes de Policía que llevaban a cabo un patrullaje preventivo observaron a un hombre que cargaba una mochila en aparente actitud sospechosa.
Durante la revisión de sus pertenecías, encontraron –al interior de la mochila– sesenta y tres envolturas plásticas que contenían sustancias de color blanco y verde, un teléfono celular, dinero en efectivo y otras evidencias.
Los agentes encargados del pesaje, de la prueba de identificación preliminar homologada (PIPH) y de la pericia química informaron al Magistrado que las sustancias incautadas correspondían a 43,80 gramos de cocaína y 6 gramos de marihuana.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso por tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, delito tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal b, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Sin embargo, en este caso se aplicó el procedimiento abreviado, lo que permitió la reducción de la pena. (FGE)

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