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Sentenciada a 29 años por tráfico ilícito de sustancias en alta escala

Baños (Tungurahua), 28 de noviembre de 2025.- Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa declaró culpable a Sarahí Estefanía B. H. como coautora del delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, en alta escala, imponiéndole una pena de veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad.

En la audiencia de juicio, en su alegato de apertura, el Fiscal de la causa relató que los hechos ocurrieron el 8 de febrero de 2025, a las 18:45, durante un operativo policial en la vía Pelileo-Baños, sector Los Pájaros. Servidores policiales detuvieron el vehículo y a sus 3 ocupantes: la ahora sentenciada Sarahí Estefanía B., su acompañante Leidy Alejandra S. y Manuela M.

Durante el registro visual, los agentes observaron que la copiloto arrojó objetos hacia la maleza. En la verificación se encontraron tres láminas de marihuana, distribuidas en fundas plásticas azules con cierre hermético, con un peso bruto de 1.517,30 gramos.

La pericia química confirmó que se trataba de cannabis (marihuana), por lo que fueron aprehendidas.

En audiencia de juicio, Fiscalía demostró –con pruebas testimoniales, periciales y documentales– la existencia material del delito y la responsabilidad penal de Sarahí Estefanía B. H., como coautora. La teoría del caso presentada por el Fiscal evidenció que la sentenciada tenía dominio funcional del hecho, al conducir el vehículo donde se transportaba la droga, acción indispensable para el traslado y ocultamiento de la sustancia ilícita.

Para la procesada Manuela M., en su momento, la Jueza dispuso auto de sobreseimiento. En cuanto a la procesada Leidy Alejandra S., cuenta con auto de llamamiento a juicio; sin embargo, por su situación de deportación, la etapa de juicio se encuentra suspendida.

Información jurídica

El delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización (alta escala) está tipificado en el artículo 220 del Código Orgánico Integral (COIP). Además, se aplicaron circunstancias agravantes establecidas en el artículo 47, numeral 5, del mismo cuero legal, que incrementa la pena cuando el delito es cometido por dos o más personas. (FGE)