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Fiscalía procesa a alias ‘Gago’ por presunto tráfico de drogas

Babahoyo (Los Ríos), 02 de diciembre de 2025.- La Fiscalía General del Estado procesa a Pedro M., alias “Gago”, por el delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización. Luego de escuchar la teoría del caso –en la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos–, un juez de Garantías Penales ordenó su prisión preventiva.

‎Entre los elementos de convicción que la Fiscal del caso presentó para sustentar su pedido de medidas cautelares, están las versiones de los agentes que participaron en el procedimiento flagrante, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y el acta de levantamiento de indicios.

‎También relató los hechos que constan en el parte policial informativo del evento flagrante, en el que se describen los detalles de la aprehensión. En el documento se precisa que Pedro M. fue aprehendido durante una intervención militar, en un inmueble en el sector del Malecón del río Babahoyo.

‎En el lugar, con base en información de inteligencia, se conoció que se encontraba una persona que tendría en su poder sustancias sujetas a fiscalización. En este sentido, como resultado del allanamiento, se encontró una mochila en cuyo interior había una funda con 330 gramos de marihuana, según el resultado del análisis químico y el pesaje ejecutado a la sustancia.

‎La Policía Nacional identificó a alias “Gago” como presunto integrante del grupo de delincuencia organizada “Los Lobos” y señaló que estaría implicado en delitos contra la propiedad y la vida, perpetrados en la provincia.

‎Fundamentándose en la información proporcionada por las partes procesales en el desarrollo de la diligencia, el Juez a cargo acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva en contra de actual procesado. Además, anunció el inicio de una instrucción fiscal de treinta días, al calificarse la infracción como flagrante.

‎Información jurídica

‎El delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización se encuentra en el artículo 220, numeral 1, letra c, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años. (FGE)