Veinte años de prisión para autor del asesinato de su suegra

Macas (Morona Santiago), 05 de enero de 2026.- Luego de haber valorado los elementos probatorios presentados por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales de Morona Santiago sentenció a Luis Gerardo P. a 20 años de pena privativa de libertad, como autor directo del asesinato de su suegra.

El Fiscal del caso expuso en la audiencia de juicio que la noche del domingo 8 de abril de 2012, en una cuneta en el sector de Tucumbatza (cantón Gualaquiza), fue encontrado el cuerpo sin vida de Luz Amelia C., producto de una muerte violenta.

La investigación efectuada por Fiscalía determinó que el agresor fue su yerno, Luis Gerardo P., quien mantenía una relación de pareja abusiva con la hija de la víctima.

Luz Amelia C. había ayudado a su hija para que viajara a los Estados Unidos (EUA) e iniciara una nueva vida sin violencia. Este hecho habría detonado la venganza del agresor. Cuando se enteró, se encontraba bebiendo con otras personas, por lo que se levantó y, mientras pateaba unas plantas, mencionó: “hoy voy a matar a esa vieja”. Luego pidió un cuchillo y salió del lugar.

Una vez cometido el delito, el procesado huyó hacia los Estados Unidos, lo que se demostró con el respectivo movimiento migratorio. Durante el trayecto a Guatemala, les habría dicho a quienes lo acompañaban que huía de su país por haber dado muerte a su suegra, sin imaginar que una persona conocida escuchó la conversación y alertó de inmediato a la familia.

Entre las pruebas más relevantes presentadas en la audiencia de juicio constan los testimonios de los ciudadanos que estuvieron libando con él ese día, entre ellos el de su sobrino, quien indicó que el agresor salió a dar muerte a su suegra. También figuran el informe médico de la necropsia, que determinó la causa de la muerte, así como el reconocimiento del lugar de los hechos.

El procesado mantenía una boleta de captura vigente desde el 2012, la cual se hizo efectiva tras su deportación desde los EUA.

Información jurídica

Este caso se judicializó por el delito de asesinato, tipificado y sancionado en el artículo 450 numerales 1, 4, 6 y 10, del Código Penal vigente a la fecha de los hechos, y que actualmente se encuentra tipificado en el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)