Riobamba (Chimborazo).- Víctor Alfonso R. M. y Luis Gabriel V. M. fueron sentenciados a sesenta meses de prisión como autores del delito de robo agravado. Ambos fueron aprehendidos tras una persecución policial, luego del asalto a una pizzería ubicada en el norte de Riobamba.
Los sentenciados se acogieron al procedimiento abreviado y fueron condenados con base en los elementos de convicción presentados por la Fiscal de la Unidad Especializada en Patrimonio Ciudadano No. 2, a cargo del caso.
Entre los principales elementos constan las versiones de los agentes aprehensores, los informes técnico-periciales de reconocimiento y avalúo de evidencias, la pericia de audio y video, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, así como el informe médico-legal practicado a un servidor policial, entre otros.
Contexto
La noche del 6 de noviembre de 2025, un local de venta de pizzas fue asaltado por tres personas, quienes se acercaron a la caja registradora y, con armas de fuego y un cuchillo, exigieron a los comensales la entrega de sus pertenencias. Tras sustraer objetos y dinero en efectivo, huyeron a bordo de un vehículo.
Luego de haber conocido el hecho, la Policía Nacional inició una persecución que se extendió por varios minutos. Para evadir la acción policial, en la avenida 11 de Noviembre, los implicados dispararon varias veces contra los agentes, quienes repelieron el ataque.
La persecución concluyó en las calles Eduardo Kidman y Tobías Torres, donde uno de los sospechosos logró escapar, mientras que Víctor Alfonso R. M. y Luis Gabriel V. M. fueron neutralizados y aprehendidos.
Durante el enfrentamiento, un miembro de la Policía Nacional resultó con una contusión en el tórax, producto del impacto de un proyectil en su chaleco antibalas. En el lugar se encontró un arma de fuego tipo pistola, calibre 45 mm, presuntamente utilizada para cometer el delito.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso por el delito de robo, tipificado en el artículo 189, numeral 1, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya pena es de cinco a siete años de privación de libertad, en concordancia con el artículo 47, numerales 5 y 14. Al tramitarse la causa mediante procedimiento abreviado, la pena fue reducida conforme a la Ley. (FGE)

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