4 sentenciados a la pena máxima agravada por tráfico de drogas

Quito (Pichincha), 20 de enero de 2026.- Treinta y cuatro años y ocho meses de privación de la libertad es la pena que deberán cumplir cuatro personas, a quienes Fiscalía procesó por el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, en gran escala.

La Fiscal Especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional demostró que Diego Armando C., Cristopher Miguel Z., Jefferson Adrián G. y Josselyn Estefanía H. cumplieron roles –previamente definidos– para poner en circulación 66 kilos con 140 gramos de pasta base de cocaína.

En su alegato, informó al Tribunal que los procesados fueron aprehendidos en delito flagrante la tarde del 3 de febrero de 2025, en el sector de Guamaní, en el sur de Quito.

Agregó que, por información reservada, agentes antinarcóticos conocieron que se transportaban sesenta y seis paquetes de droga en un compartimento oculto, acondicionado bajo el asiento posterior de un vehículo, ocupado por Cristopher Z. y Jefferson G., calificados en la acusación como transportistas.

Cuando se ejecutó el operativo, Diego Armando C. y Josselyn H. se movilizaban en una motocicleta. La mujer pretendía abrir la puerta de un inmueble para guardar el automotor, mientras que el hombre era el encargado de brindar seguridad.

La Fiscal agregó que la Policía aprehendió a las cuatro personas, pese a que dos de ellas intentaron escapar.

El alegato fue sustentado con los testimonios de dos agentes antinarcóticos. Sus relatos –rendidos ante el Tribunal por separado– coincidieron en cómo se produjo la captura de los cuatro ciudadanos.

Asimismo, Fiscalía llamó a comparecer al perito que analizó la información contenida en los cuatro teléfonos celulares de los procesados. Este explicó a los jueces que encontró imágenes de la droga que se enviaban entre los imputados, además de conversaciones relacionadas con el delito cometido.

El conjunto probatorio también incluyó el reconocimiento de evidencias, el reconocimiento del lugar de los hechos y una experticia química farmacéutica practicada a veinticinco muestras de la droga incautada. Con esta última pericia, la Fiscal probó que la droga correspondía a pasta base de cocaína.

Los testimonios, las pericias y la prueba documental de Fiscalía destruyeron la presunción de inocencia de los cuatro procesados. A más de la pena privativa de la libertad, el Tribunal dispuso el pago de una multa de 1.000 salarios básicos unificados para cada uno.

Información jurídica

El delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización, en gran escala, está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal d, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Además, el Tribunal consideró la circunstancia agravante prevista en el artículo 47, numeral 5, de la misma norma: “cometer la infracción con participación de dos o más personas”. (FGE)