Déleg (Cañar), 23 de enero de 2026.- Con base en los elementos de convicción presentados por la Fiscalía General del Estado, el Juez que conoce la causa dictó auto de llamamiento a juicio y ratificó la prisión preventiva para Wilson Javier Q., de 35 años, procesado por la violación y muerte de Luz América B., de 83 años.
Durante la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, la representante de Fiscalía expuso un informe pericial que incluye el análisis de seis videos obtenidos de cámaras de seguridad instaladas en el sector de los hechos. En estas grabaciones se observaría al acusado salir por la parte posterior de la vivienda de la víctima y huir en una motocicleta.
Entre los elementos de convicción también consta el testimonio anticipado de una testigo protegida, quien reconoció al procesado mientras caminaba fuera del inmueble, alrededor de las 02:15 del día en que ocurrieron los hechos.
Asimismo, una pericia de cotejamiento morfológico determinó que la chompa y la motocicleta observadas en los videos presentan características similares a las incautadas en el domicilio del acusado, quien fue detenido el 10 de septiembre de 2025.
A este conjunto probatorio se suman las versiones del médico legista, a quien el presunto implicado habría manifestado haber estado en la vivienda de la víctima; de los agentes investigadores; del personal médico que brindó atención a la mujer, así como varios informes periciales.
El proceso penal se originó por los hechos ocurridos la madrugada del domingo 7 de septiembre de 2025, cuando el sospechoso habría ingresado a la vivienda de la víctima y la violentó sexualmente. Posteriormente, habría abandonado el lugar y huido en su motocicleta.
La mujer fue trasladada a un hospital de Azogues, donde falleció poco después de ser ingresada al quirófano. La autopsia médico-legal confirmó que fue víctima de violación y que la causa de muerte fue un shock hipovolémico, provocado por una hemorragia aguda.
Información jurídica
Wilson Javier Q. es procesado conforme al artículo 171, inciso final, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años cuando, como consecuencia del delito de violación, se produce la muerte de la víctima.
Además, se consideran las agravantes previstas en el artículo 47, numerales 1, 6, 7 y 11, del mismo cuerpo legal.

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