2 presuntos guardias de camaronera son procesados por tenencia y tráfico de armas

Durán (Guayas), 24 de febrero de 2026.- La Fiscalía General del Estado procesa a Ray Ronald L. Z. y Jarley Javier V. C., aprehendidos durante un operativo ejecutado por el Bloque de Seguridad en el recinto Pocos Palos, en la vía a Naranjal. En el procedimiento se incautaron varias armas de fuego y más de 900 municiones de diferentes calibres.

De acuerdo con el parte informativo, la intervención se ejecutó con base en información reservada que alertaba sobre el presunto almacenamiento de armamento en una camaronera del sector. En flagrancia, los uniformados ingresaron al inmueble y registraron el lugar.

Ray Ronald L. Z. fue aprehendido en una de las habitaciones, donde se encontró una escopeta. El sospechoso no presentó el permiso correspondiente ni justificó su posesión.

Jarley Javier V. C. fue aprehendido en una bodega adyacente. En ese lugar se hallaron cuatro escopetas, un revólver calibre .36, una pistola calibre 9 mm y más de 900 municiones sin percutir. Tampoco acreditó la tenencia legal del armamento.

Los indicios fueron ingresados en cadena de custodia en el Centro de Acopio de la Policía Judicial de la Zona 8, mientras que los implicados quedaron a órdenes de la autoridad judicial.

En una primera audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Juez de Garantías Penales del caso acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva para Ray Ronald L. Z., procesado por tenencia y porte no autorizado de armas.

En una diligencia posterior, Jarley Javier V. C. fue procesado por el delito de tráfico ilícito de armas, municiones y explosivos. El Magistrado dispuso también su prisión preventiva.

El Fiscal del caso solicitó al Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses la práctica de pruebas de aptitud de disparo y el ingreso de los testigos balísticos al sistema IBIS, a fin de determinar si las armas incautadas fueron utilizadas en hechos delictivos. Asimismo, se investiga una posible vinculación de los ahora procesados con algún grupo de delincuencia organizada.

Información jurídica

El artículo 360, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el delito de tenencia y porte no autorizado de armas con pena privativa de libertad de tres a cinco años. El artículo 362, inciso segundo, tipifica el tráfico ilícito de armas de fuego y municiones, con pena de dieciséis a diecinueve años de prisión. (FGE)