Reincidente por tráfico de drogas es condenado a una pena agravada

Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 04 de marzo de 2026.- Luego de haber analizado las pruebas presentadas por Fiscalía, que demostraron la culpabilidad de Washington Javier T. Q., el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa lo condenó a nueve años y cuatro meses de prisión por tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en mediana escala, con la aplicación de la agravante por reincidencia.

El hecho, investigado por la Fiscalía de Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti No. 1), ocurrió el 14 de febrero de 2025.

A partir de información reservada, agentes policiales de la Unidad Antinarcóticos fueron alertados de que, en la cooperativa 16 de Marzo, un sospechoso se dedicaría al expendio de sustancias ilícitas. Con base en esta alerta, acudieron al sector para verificarla.

En el lugar observaron a una persona con características similares a las proporcionadas. Al notar la presencia policial, el sospechoso mostró una actitud evasiva y nerviosismo, por lo que fue neutralizado y se efectuó a un registro corporal. En uno de sus bolsillos se encontró una funda plástica que contenía doce fundas pequeñas con una sustancia vegetal verdosa y siete sobres de papel con una sustancia de color beige.

Con estos indicios, recabados en flagrancia, los uniformados aprehendieron a Washington Javier T. Q.

Durante la audiencia de juicio, el Fiscal del caso presentó como pruebas los testimonios de los agentes aprehensores de la Unidad Antinarcóticos, del agente investigador y del perito químico, quien determinó que las sustancias decomisadas dieron positivo para marihuana y cocaína, con un peso de 47 gramos y 2 gramos, respectivamente. También se incorporó el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias.

Como prueba documental, Fiscalía incorporó el oficio del delegado de control y administración de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, que certifica que el sentenciado no cuenta con autorización para poseer sustancias psicotrópicas o estupefacientes; el certificado de identidad remitido por el Registro Civil; y la copia de una sentencia de 2021, relacionada con otra causa penal, en la que Washington Javier T. Q. fue condenado por el mismo delito.

Información jurídica

El tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal b), del Código Orgánico Integral Penal (COIP), para mediana escala, con una pena privativa de libertad de cinco a siete años. Al tratarse de un procesado reincidente, la condena se incrementó en un tercio, conforme a lo previsto en el artículo 57 del mismo cuerpo legal. (FGE)