Quito (Pichincha).- La Fiscalía General del Estado abrió una instrucción fiscal de noventa días contra una pareja de esposos, quienes se encuentran con prisión preventiva e investigados por el delito de desaparición involuntaria con resultado de muerte de Galo P., de 77 años, reportada el 6 de marzo de 2026.
Los procesados son Martín Fernando C. P., de 26 años, y Jacqueline Estefanía F. M., de 23. En contra de ellos, la Fiscal especializada en Personas Desaparecidas 1 de Pichincha presentó cargos la tarde del 12 de marzo de 2026, ante el juez de Garantías Penales de la Casa de Justicia, ubicada en Carcelén, en el norte de Quito.
Entre los indicios expuestos en la audiencia de formulación de cargos constan el informe pericial sobre los videos recuperados de cámaras de seguridad en gasolineras y locales comerciales de la vía Quito-Calacalí.
En las imágenes se observa el vehículo de la víctima, primero ocupado por una persona, luego por dos, y más tarde se aprecia que del automotor desciende una mujer para ingresar a una tienda.
Asimismo, los informes del analista investigador ubicarían los números telefónicos de los procesados —en interacción con el de la víctima— en el sector donde se habría cometido el delito. También se incluyeron versiones de testigos, de familiares y de uno de los investigados, entre otros elementos.
Según la teoría del caso presentada por Fiscalía, con base en las versiones y el informe investigativo de la Dinased obtenidos en la investigación previa, la noche del 5 de marzo de 2026 la víctima habría hablado, vía telefónica, con una joven cuya voz sería similar a la de Jacqueline Estefanía F. M., para encontrarse al día siguiente en Calacalí.
El 6 de marzo de 2026, la víctima salió de su domicilio con rumbo a Calacalí; sin embargo, no regresó. El 11 de marzo de 2026, durante trabajos de limpieza efectuados por la Prefectura de Pichincha, fue hallado el cadáver en la vía a Nono, sector de Calacalí. Según la autopsia médico-legal, el cuerpo presentaba treinta heridas de arma blanca.
Información jurídica
El caso se procesa con base en el artículo 163.1, penúltimo inciso, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)

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