Consejo de la Judicatura aprueba reformas que excluyen compensaciones económicas a servidores con sumarios por faltas gravísimas

El Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) aprobó este jueves 19 de marzo, en la sesión ordinaria número 033-2026, reformas al reglamento que regula las compensaciones o indemnizaciones económicas por la desvinculación de servidores judiciales con nombramientos permanentes.

La nueva normativa introduce un cambio de fondo: los servidores que enfrenten sumarios disciplinarios por faltas gravísimas —aquellas que podrían derivar en destitución— no recibirán compensación económica, aunque cumplan con todos los demás requisitos administrativos y legales.  

Exclusión de pagos por faltas gravísimas en desvinculaciones  

Únicamente en caso de que el servidor sea declarado inocente, su caso sea archivado o no concluya en destitución, podrá acceder al pago, pero en un plan de desvinculación posterior. Caso contrario, perderá definitivamente este beneficio.

Con estas reformas, el Consejo de la Judicatura redefine las condiciones de acceso a las compensaciones e incorpora el historial disciplinario como criterio determinante para decidir sobre el pago de estos beneficios.

Historial disciplinario como criterio excluyente en indemnizaciones  

La medida se aplica exclusivamente a servidores con nombramientos permanentes y busca regular el uso de recursos públicos en procesos de desvinculación. El Pleno aprobó el texto completo durante la sesión ordinaria realizada este 19 de marzo de 2026.

Las reformas entran en vigor tras su aprobación y modifican el marco normativo previo que regulaba las indemnizaciones sin considerar el estatus disciplinario del servidor. De esta manera, el historial de sumarios por faltas gravísimas pasa a ser un elemento excluyente para el reconocimiento económico.

Reformas entran en vigor y refuerzan control institucional  

El Consejo de la Judicatura, como órgano rector del sistema judicial, ha centrado las modificaciones en garantizar una aplicación más estricta de los criterios de desvinculación. La reforma no afecta a los servidores sin procesos disciplinarios abiertos ni modifica los montos establecidos en otros supuestos. (EL DIARIO)