3 procesados cumplen prisión preventiva por presunta desaparición involuntaria con resultado de muerte

Quito (Pichincha), 24 de marzo de 2026.- Fiscalía formuló cargos a Julio Marcelo C. M., Yismary Andreina Z. A. y César Damián E. M., tras recabar elementos de convicción que evidenciarían su presunta participación en la desaparición involuntaria con resultado de muerte de Héctor E.

El cuerpo sin vida de la víctima fue hallado el 25 de febrero de 2026 en una quebrada ubicada en la vía Alóag-Santo Domingo.

Según la investigación, la víctima fue reportada como desaparecida el 18 de febrero en el norte de Quito. Los sospechosos habrían interceptado al joven mientras se trasladaba en su camioneta por el sector de Calderón.

De acuerdo con las indagaciones, lo habrían maniatado para sustraer su vehículo. Durante el traslado, se presume que la víctima se opuso al robo, por lo que le habrían quitado la vida.

Posteriormente, los ahora procesados habrían arrojado el cuerpo en una quebrada de la vía Alóag-Santo Domingo. Luego, se movilizaron en el vehículo de la víctima hacia el cantón Buena Fe, en la provincia de Los Ríos, donde habrían ocultado la camioneta en un taller mecánico.

A partir de alertas ciudadanas, agentes policiales conocieron la presunta ubicación del vehículo. En ese contexto, el 25 de febrero se ejecutó un operativo en el que se aprehendió a los tres sospechosos en flagrancia por el delito de receptación.

En una causa anterior, Fiscalía les formuló cargos por la presunta receptación del vehículo, que tenía alerta de robo desde el 20 de febrero. En ese proceso, el Juez de la causa dispuso su prisión preventiva.

Durante la audiencia de formulación de cargos por desaparición involuntaria con resultado de muerte, el Fiscal de la Unidad de Investigación de Personas Desaparecidas presentó como elementos de convicción la denuncia por desaparición, el parte policial investigativo, las versiones de los agentes aprehensores, el informe de trazabilidad –que evidenciaría el recorrido del vehículo de la víctima–, la autopsia médico-legal practicada al cuerpo, entre otros.

Al concluir la audiencia, y con base en el pedido fundamentado de Fiscalía, el Juez que atendió la diligencia ordenó la prisión preventiva para los tres procesados y dispuso el inicio de la instrucción fiscal por un plazo de noventa días. Además, se dictaron medidas de protección a favor de los padres de la víctima.

Información jurídica

El delito de desaparición involuntaria está tipificado en el artículo 163.1, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de siete a diez años. Sin embargo, cuando la desaparición deriva en la muerte de la víctima, la pena se eleva de veintidós a veintiséis años. (FGE)