San Gabriel (Carchi).- La Fiscalía General del Estado formuló cargos contra el soldado Jhon Alexis G. y el teniente del Ejército Diego Vladimir P., por su presunta participación en el delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio, basándose en los elementos de convicción recabados.
En la audiencia, llevada a cabo en la Unidad Multicompetente del cantón Montúfar, el Juez a cargo dispuso medidas alternativas a la prisión preventiva para ambos procesados, incluyendo la presentación periódica y la prohibición de salida del país.
Durante la diligencia, el Fiscal de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos de Uso Ilegítimo de la Fuerza, Derechos Humanos y Participación Ciudadana que lleva el caso relató que los hechos ocurrieron el 4 de abril de 2024, cuando la víctima, un hombre de alrededor de 30 años, viajaba junto a tres personas en una camioneta.
Al llegar al sector de La Paz, en un puesto militar donde se ejecutaba un control de armas, municiones y explosivos, los uniformados ordenaron detener el vehículo para una revisión. La víctima descendió de la camioneta para reclamar, increpó y empujó a uno de los militares. Ante esto, el resto de uniformados reaccionaron, neutralizando tanto al afectado como al conductor, colocándolos boca abajo en el suelo.
En ese contexto, y sin justificación ni proporcionalidad en el uso de la fuerza, el soldado Jhon Alexis G. disparó su escopeta contra la víctima, hiriéndolo en el omóplato izquierdo. La lesión, de 8 cm de largo y 5 cm de profundidad, requirió la extracción de cinco perdigones y le generó una incapacidad de nueve a treinta días.
El Fiscal del caso expuso noventa y un elementos de convicción, entre estos, las versiones de la víctima, testigos, agentes aprehensores y servidores militares. También presentó las pericias de inspección ocular técnica, de reconstrucción de los hechos y de reconstrucción 3D, trayectoria balística y un análisis contextual del uso legítimo de la fuerza.
Asimismo, indicó que Jhon Alexis G. es procesado como autor directo del delito, mientras que Diego Vladimir P., quien actuaba como comandante de la patrulla el día de los hechos, enfrenta cargos como autor directo por omisión, ya que tenía el deber jurídico de proteger la vida y seguridad de las personas.
Información jurídica
La extralimitación en la ejecución de un acto de servicio está tipificada en el artículo 293 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Por su parte, el delito de lesiones se encuentra contemplado en el artículo 152 del mismo cuerpo legal. (FGE)
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