Riobamba (Chimborazo).- El Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo que conoció la causa acogió las pruebas documentales, periciales y testimoniales expuestas por Fiscalía y –por unanimidad– dictó sentencia de nueve años y cinco meses de privación de libertad contra Bryan Paúl G. S., como autor directo de estafa.
La Fiscalía de Chimborazo inició una investigación luego de haber recibido la denuncia de una pareja de esposos, quienes afirmaron haber sido estafados por Bryan Paúl G. S., a quien entregaron 5.000 dólares bajo la promesa de la venta de un terreno ubicado en la parroquia San Luis, en Riobamba.
El ahora sentenciado –que tiene en su contra otros procesos penales por el mismo delito– era representante de la agencia inmobiliaria “INVERMOBIRARI CIA. LTDA.”, que ofrecía el terreno, propiedad de un ciudadano que desconocía sobre la venta.
En junio de 2022, el involucrado recibió una transferencia bancaria de 5.000 dólares como adelanto del valor total de 23.000 dólares acordado para la transacción. Con el paso de los días, los afectados hicieron el reclamo correspondiente por la demora, pero el implicado dejó de responder llamadas y mensajes.
En la audiencia de juicio, la Fiscal de la Unidad de Patrimonio Ciudadano N° 1 presentó como pruebas: el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el certificado de datos de identificación, el informe de movimientos bancarios de las víctimas, la denuncia de los perjudicados, entre otros.
Información jurídica
Bryan Paúl G. S. fue sentenciado por el delito de estafa, tipificado en el artículo 186, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya pena privativa de libertad es de cinco a siete años. En este caso, se aplicaron las circunstancias agravantes del artículo 47, numeral 14, del mismo cuerpo legal, lo que permitió incrementar la sentencia a nueve años y cinco meses. (FGE)
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