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3 condenados a pena máxima agravada por triple asesinato

Quito (Pichincha), 13 de octubre de 2025.- La responsabilidad de tres personas en un triple asesinato registrado en el sector de Carretas, en el norte de Quito, fue demostrada con las pruebas que Fiscalía presentó durante la audiencia de juicio.

Wilker F., Johelmi M. y Guillermo B. fueron sentenciados a treinta y cuatro años y ocho meses de privación de la libertad, en calidad de autores, por la muerte violenta de las tres víctimas cuyos cuerpos fueron encontrados con brazaletes que tenían el nombre de un centro de diversión nocturna ubicado cerca de la escena del crimen.

El Fiscal de la Unidad de Personas y Garantías de Casa de la Justicia de Carcelén explicó, durante la audiencia, que los cadáveres fueron hallados la tarde del 14 de abril de 2024. En el lugar se levantaron más de treinta indicios balísticos.

Tres días después de los hechos –agregó–, los procesados fueron detenidos durante un operativo ejecutado en Cuenca, dentro de otra causa que Fiscalía tramita por delincuencia organizada. Uno de los indicios incautados ese 17 de abril fue un arma de fuego.

Por pedido de Fiscalía, Criminalística practicó una experticia balística que determinó que la pistola incautada fue la misma utilizada en el triple asesinato. El cotejamiento dio positivo con los casquillos encontrados en el sector de Carretas.

El Fiscal también explicó que se analizaron los videos de las cámaras del centro de diversión nocturna donde las víctimas permanecieron antes de su muerte. En las imágenes aparecieron los procesados, quienes –junto con otras personas¬– sacaron a rastras a los tres hombres aún con vida.

El video fue periciado y presentado como prueba ante el Tribunal. Además, se incorporó una pericia de cotejamiento morfológico y fisionómico que concluyó que las personas que aparecen en las imágenes corresponden a Wilker F., Johelmi M. y Guillermo B.

Con estas y otras pruebas, Fiscalía convenció al Tribunal de la verdad procesal y demostró, además, la existencia de la circunstancia agravante establecida en el artículo 47, numeral 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): “cometer la infracción con participación de dos o más personas”.

Además de la pena privativa de la libertad, los jueces impusieron a los sentenciados una multa equivalente a 1.000 salarios básicos unificados.

Información jurídica

El delito de asesinato está tipificado en el artículo 140 del COIP. (FGE)