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En apelación, Fiscalía obtiene sentencia de 22 años de prisión por violación incestuosa

Morona (Morona Santiago), 20 de octubre de 2025.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Morona Santiago aceptó el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía General del Estado y sentenció a Darwin Xavier T. a veintidós años de privación de libertad por violación incestuosa.

Como medida de reparación integral, los jueces dispusieron que la víctima reciba tratamiento psicológico en la red de salud pública y que el sentenciado cancele 5.000 dólares para estos fines.

Durante la audiencia de apelación, Fiscalía sostuvo que en el juicio se presentaron suficientes elementos probatorios que demostraron la responsabilidad del ahora sentenciado. No obstante, el Tribunal Penal de primera instancia había ratificado su estado de inocencia en la sentencia emitida el 19 de septiembre de 2024.

Por esta razón, Fiscalía solicitó a los jueces que se valore correctamente las pruebas, en especial el testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de su tío, de los peritos que practicaron las valoraciones médico-legal, psicológica y de trabajo social, y del agente aprehensor.

Contexto
El hecho investigado ocurrió el 26 de agosto de 2023. Darwin Xavier T. y su hija de 15 años viajaron desde la parroquia San Miguel de Conchay, del cantón Limón Indanza, hasta el centro de la cuidad para vender semillas de yuca y plátano. Mientras se hospedaban en una hostal, el progenitor violentó sexualmente a la adolescente y la amenazó con matarla para que no cuente lo sucedido.

Luego de los hechos, el ahora sentenciado pidió a su hija que fuera a comprar alimentos en una tienda. La víctima aprovechó el momento para dirigirse a la casa de su tío materno, a quien le relató lo ocurrido. En compañía de agentes de la Policía regresaron a la hostal, donde el agresor fue aprehendido.

Información jurídica

Darwin Xavier T. fue sentenciado conforme el artículo 171, en relación al artículo 171.1, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica y sanciona el delito de violación incestuosa con privación de libertad de diecinueve a veintidós años. (FGE)