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Violador recibe pena máxima agravada por agredir a su vecina

Chone (Manabí), 22 de octubre de 2025.- Tribunal de Garantías Penales de Chone acogió la tesis presentada por la Fiscalía General del Estado y dictó una sentencia condenatoria de veintinueve años y cuatro meses de pena privativa de libertad contra Joel L., quien fue declarado culpable del delito de violación.

En la audiencia de juicio, el Fiscal del caso expuso los hechos que dieron inicio a la investigación. La madrugada del 22 de octubre de 2024, la víctima se encontraba durmiendo en el interior de su vivienda cuando el agresor ingresó al lugar aprovechando la oscuridad, debido a un apagón en el sector.

El ahora sentenciado, vecino de la víctima, irrumpió a la fuerza en su vivienda, forzó las seguridades, la amenazó diciéndole que tenía un arma de fuego y la agredió sexualmente. Durante el ataque, incluso amenazó con atentar contra su hijo menor de edad, que también se encontraba en el inmueble.

Luego de haber cometido el delito, huyó del lugar. La mujer informó de inmediato a las autoridades, lo que permitió iniciar las primeras diligencias. El agresor fue aprehendido antes de que concluya el tiempo de flagrancia y se inició un proceso penal en su contra por presunta violación.

Entre las principales pruebas presentadas durante el juicio constan los testimonios de la perito médico ginecológica y de una profesional en psicología, quienes evidenciaron afectaciones físicas y emocionales producto de la agresión.

Además, se incorporó un informe de entorno social que determinó que la víctima se encontraba en una situación de alta vulnerabilidad. A ello se sumaron el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y el testimonio anticipado de la víctima, en el que narró cómo ocurrió la agresión e identificó plenamente al ahora sentenciado como su atacante.

Con base en estos elementos, el Tribunal impuso la pena máxima prevista para este delito, incrementada en un tercio, al haberse encontrado agravantes en la infracción.

Información jurídica

El artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el delito de violación con una pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años. En este caso, se aplicó la agravante contemplada en el numeral 9 del artículo 48 del mismo cuerpo legal. (FGE)