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Fiscalía procesa a 2 personas por presunto tráfico ilícito de migrantes

Quito (Pichincha), 03 de diciembre de 2025.- Los hermanos Jefferson Javier A. C. y Bryan Andrés C. C. habrían ofrecido servicios para tramitar una visa a Estados Unido; sin embargo, los documentos entregados para la entrevista eran falsos. Por ello, Fiscalía los procesa –con base en los elementos de convicción presentados– por su presunta participación en el delito de tráfico ilícito de migrantes.

Ambos cumplen medidas cautelares de prohibición de salida del país y presentaciones ante la autoridad tres veces por semana.

En la audiencia de formulación de cargos, el Fiscal de la Unidad de Delincuencia Organizada, Transnacional e Internacional 4 de Pichincha expuso, en su teoría del caso, los resultados de la investigación previa y los detalles de los indicios levantados durante los allanamientos ejecutados en los inmuebles de los procesados, ubicados en Santo Domingo de los Tsáchilas.

Precisó que, el 7 de noviembre de 2024, se conoció –por la denuncia presentada por la posible víctima– que los hermanos fueron recomendados, en abril de 2024, por un “conocido” suyo que reside en Norteamérica. Entonces, llamó al número celular que le compartió, y Bryan Andrés C. C. contestó, ofreciéndole llevarlo hasta dicho país por un valor de 1.000 dólares.

Luego del ofrecimiento, le habría pedido que deposite 400 dólares a la cuenta de Jefferson Javier A. C. para iniciar el trámite. Días después, le solicitó el resto del dinero y, una vez que cubrió todos los pagos, el 28 de octubre de 2024 le envió –vía WhatsApp– una invitación para asistir a la “Cumbre Internacional de Gobiernos Locales” en Miami, Florida, del 18 al 20 de noviembre del 2024.

También le habría remitido el horario de la entrevista en la Embajada de Estados Unidos, en Quito: debía acudir a las 08:00 del 30 de octubre de 2024 para la entrevista y entrega de la visa. Sin embargo, cuando se presentó en la Embajada, le informaron que la invitación al evento es falsa.

Al finalizar la audiencia y anunciarse el inicio de una instrucción fiscal de noventa días, el Juez prohibió a los procesados efectuar actos de persecución o intimidación –por sí mismos o a través de terceros– en contra de la víctima o de los integrantes de su núcleo familiar.

Información jurídica

Fiscalía formuló cargos con base en el artículo 213 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona con pena privativa de libertad de siete a diez años. (FGE)