Morona (Morona Santiago), 25 de marzo de 2026.- La Fiscalía General del Estado obtuvo una sentencia de diez años de privación de libertad por el delito de peculado contra Alfonso A., exalcalde del cantón Santiago, provincia de Morona Santiago; Héctor K., director de Gestión de Desarrollo de la entidad municipal; y Miriam T., adjudicataria de un contrato.
La Sala Especializada Penal para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado, de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, basó su resolución en once testimonios de testigos y peritos, así como en diecinueve pruebas documentales presentadas por Fiscalía. Entre estas destacan la pericia de contratación pública, la documentación del proceso de contratación, información tributaria y el acta de entrega-recepción.
Según lo expuesto por la Fiscal de Fuero Provincial de Morona Santiago, los sentenciados participaron como coautores del delito de peculado cometido contra la entidad municipal, al evadir los procedimientos de contratación pública en la fase de ejecución del contrato denominado “Fortalecimiento, Promoción y Ejecución de la Cultura, el Arte, el Deporte y el Turismo en el cantón Santiago”.
De acuerdo con los elementos probatorios, el 29 de diciembre de 2021, el entonces alcalde Alfonso A. y la contratista Miriam T. suscribieron el contrato por un valor de 42.250 dólares, con un plazo de ejecución de cuarenta y cinco días.
Sin embargo, un día después (30 de diciembre), el administrador del contrato y la contratista suscribieron el acta de entrega-recepción de la obra y presentaron la factura por el valor total del contrato para el trámite de pago correspondiente. La Fiscal de Fuero Provincial argumentó que esta situación resulta incompatible con la cantidad de actividades contratadas, las cuales no podían ejecutarse en un solo día.
Los jueces también dispusieron que los sentenciados cancelen una multa equivalente al valor de la contratación arbitraria, así como su inhabilidad de por vida para desempeñar cargos en entidades públicas y financieras, y la inhabilitación para contratar con el Estado.
Como medida de reparación simbólica, se ordenó la colocación de una placa institucional en un lugar de acceso público del gobierno municipal, con un mensaje relacionado con la prevención de irregularidades en los procedimientos de contratación pública.
Información jurídica
Los procesados fueron sentenciados de acuerdo con el artículo 278, numeral 3, literal e, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de peculado con privación de libertad de diez a trece años. (FGE)

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