Quito (Pichincha), 06 de julio de 2026.- La acusación de Fiscalía motivó a que la decisión del Tribunal de Garantías Penales sea unánime.
Con base en las pruebas practicadas en la audiencia de juicio, los jueces sentenciaron a Diego L. a trece años y cuatro meses de privación de la libertad, al encontrarlo culpable del delito de abuso sexual perpetrado contra su hija, quien, al momento de los hechos, ocurridos en 2019, tenía 2 años de edad.
El Fiscal Especializado en Violencia de Género demostró la responsabilidad del acusado con testimonios de peritos y especialistas en pediatría y psicología infantil, quienes acreditaron la acusación por las agresiones sexuales sufridas por la niña.
El caso llegó a conocimiento de Fiscalía a partir de la denuncia formalizada por un familiar de la víctima. Con base en esta, Fiscalía dispuso diligencias y pericias técnicas que, en su momento, permitieron establecer la presunta responsabilidad del acusado en el delito de abuso sexual.
Los elementos recabados con los que contó Fiscalía alcanzaron relevancia de prueba en la audiencia de juicio. En esta etapa procesal, el Fiscal del caso explicó a los jueces que, para cometer el delito, el procesado ocultaba su conducta delictiva en los aseos y cambios de pañal de la bebé, a quien además ofrecía incentivos infantiles.
El caso se sostuvo, además, en los testimonios de familiares de la víctima, del personal de servicio de la familia y en otras pruebas, con las que Fiscalía obtuvo sentencia condenatoria.
Información jurídica
El caso alcanzó sentencia condenatoria con base en el artículo 170, inciso tercero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), vigente al 2019. Esta norma establecía una pena privativa de la libertad de siete a diez años cuando la víctima era menor de seis años.
Al aplicarse la circunstancia agravante prevista en el artículo 48, numeral 5, del mismo cuerpo legal, la pena se incrementó en un tercio del máximo, debido a que el acusado forma parte del núcleo familiar de la víctima. (FGE)

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