Francisco de Orellana (Orellana), 20 de julio de 2026.- La Fiscalía General del Estado obtuvo una sentencia condenatoria de veintiséis años de privación de libertad contra Arturo Alfonso A. A., declarado autor directo del asesinato de su hijo de 17 años.
La decisión fue notificada por escrito por el Tribunal de Garantías Penales de Orellana que conoció el caso. El fallo incluye el pago de una multa de 1.000 salarios básicos unificados y una reparación integral de 20.000 dólares.
El Fiscal que llevó el caso a juicio demostró que, el 8 de octubre de 2023, padre e hijo consumían bebidas alcohólicas en un inmueble ubicado en la parroquia San Luis, en el cantón Francisco de Orellana, cuando se produjo una discusión que terminó en el hecho violento.
En el transcurso del juzgamiento, Fiscalía demostró que el procesado tomó una escopeta y disparó contra el abdomen de su hijo a un distancia de entre 3 y 5 metros. El informe de autopsia concluyó que el proyectil destruyó sus órganos internos, provocándole una hemorragia que le causó la muerte.
Entre las pruebas presentadas constan el testimonio del médico legista que practicó la autopsia, la reconstrucción de los hechos y los testimonios de los agentes investigadores de la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Contra la Vida (Dinased).
Una de las pruebas medulares presentadas por Fiscalía fue la primera versión rendida por la madre de la víctima la misma noche del evento delictivo. En ella manifestó que su esposo intentó agredirla con un arma de fuego y que su hijo intervino para defenderla, por lo que recibió el disparo. Sin embargo, en el transcurso de la investigación fiscal modificó su versión y sostuvo que padre e hijo forcejearon y que el disparo fue accidental.
El Tribunal concluyó que esta afirmación fue desvirtuada por la prueba científica presentada por Fiscalía. La trayectoria de la bala —de arriba hacia abajo— y la distancia establecida mediante el análisis de la dispersión de los perdigones resultaron incompatibles con la hipótesis de un disparo accidental sucedido durante un forcejeo cuerpo a cuerpo.
Asimismo, los jueces valoraron la conducta posterior del ahora sentenciado, quien huyó inmediatamente después de los hechos y permaneció prófugo durante casi dos años, hasta su detención, el 23 de junio de 2025.
Información jurídica
El delito de asesinato está tipificado en el artículo 140 del Código orgánico Integral Penal, (COIP). (FGE)

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