Cuenca (Azuay), 24 de abril de 2024.- Tras la acusación fiscal –sustentada con suficientes elementos probatorios–, el Tribunal Penal de Azuay que conoció la causa condenó a Fabián Gustavo S., de 70 años, a veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad por la violación a una adolescente.
Los magistrados también ordenaron al sentenciado cancelar 4.000 dólares como reparación integral a la víctima.
En la audiencia de juicio, la titular de la Fiscalía Especializada en Violencia de Género 1 de Cuenca expuso que, en el año 2019, la mamá de la víctima inició una relación sentimental con Fabián Gustavo S. Ella viajaba desde otra ciudad en compañía de su hija de 10 años (a esa fecha) para visitar a su pareja y se hospedaban en el domicilio de él, ubicado en Cuenca.
El ya sentenciado aprovechó la cercanía que tenía con la entonces infante –y sin que la madre lo notara– le pedía besos en la boca y que “sea su enamorada”. En una ocasión besó en la boca a la niña y le dijo que era “normal” que los enamorados se besen.
Entre abril y mayo de 2020, cuando la madre de la niña se encontraba en el baño, Fabián Gustavo S. violentó sexualmente a la víctima en dos ocasiones. Tras estos hechos, la amenazó para que no contara lo ocurrido.
La última agresión sexual ocurrió en octubre de 2021. Esta vez, la progenitora sorprendió a su pareja mientras agredía sexualmente a su hija en una de las habitaciones del domicilio.
Enseguida, ambas salieron del inmueble y se dirigieron a la Terminal Terrestre de Cuenca para tomar un bus. Allí, la progenitora denunció los hechos a agentes de Policía que buscaron al agresor, pero no lo localizaron.
Luego, la madre presentó la denuncia en Fiscalía, que inició la investigación y logró que sea sentenciado con base en: la reproducción del testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de la mamá, de los peritos que practicaron las valoraciones médico-legal, psicológica y de trabajo social, y de los agentes de Policía que investigaron el caso y efectuaron la pericia de audio y video al teléfono de la víctima, con la cual se demostró la existencia de comunicaciones con el número del ahora sentenciado.
Información jurídica
El delito de violación está tipificado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con privación de libertad de diecinueve a veintidós años. La pena se incrementó por la consideración de las circunstancias agravantes a la infracción. (FGE)
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