Quito (Pichincha), 20 de junio de 2024.- La Fiscalía General del Estado formuló cargos contra Daniel Lenin R. y lo vinculó al proceso penal en el que se investiga el delito de oferta de realizar tráfico de influencias en la Vicepresidencia de la República, en el que también se encuentra procesado Francisco Sebastián B. A.
Luego de analizar los elementos de convicción presentados en la audiencia, la Jueza Especializada en Corrupción y Crimen Organizado que lleva la causa no acogió el pedido de Fiscalía, respecto a las medidas solicitadas para el involucrado, y dictó presentaciones periódicas una vez por semana ante el Fiscal que lleva el caso y prohibición de salida del país. Además, dispuso medidas de protección a favor de la víctima.
El Fiscal de la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción informó que la investigación inició tras una denuncia ciudadana presentada en la Institución, que señala que la víctima habría accedido a un puesto de trabajo en la Vicepresidencia de la República, a cambio de entregar una parte de su sueldo.
Los indicios determinan que la noche del 8 de diciembre de 2023, el perjudicado se habría reunido con Francisco Sebastián B. A. y Daniel Lenin R. en un hotel de Quito. Ambos le habrían ofrecido el cargo de Coordinador General de Comunicación, con un sueldo de 3.200 dólares. No obstante, debía entregarles 1.700 dólares.
Para garantizar este pago, al denunciante firmó una letra de cambio por 30.600 dólares, que sería utilizado como respaldo del monto total que debía ser cancelado en el periodo de un año.
En la audiencia de formulación de cargos, Fiscalía presentó como elementos de convicción: la versión del denunciante, el informe de vigilancias y seguimientos, el informe que certifica que las voces en los audios de las conversaciones mantenidas entre la víctima y los procesados corresponden a Daniel R. y Francisco B, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, la inspección ocular técnica y la certificación que determinó que la víctima sí estuvo como funcionario de la Vicepresidencia de la República.
Además, se expusieron certificaciones de que Daniel R. se hospedó en el hotel donde ocurrió la reunión y versiones que evidencian que Daniel R. no era funcionario de la Vicepresidencia de la República, sino que era presentado como “asesor político” y “canal de comunicación” de la Vicepresidenta, pero que no es parte de la nómina de la entidad, entre otros elementos.
Información jurídica
La oferta de realizar tráfico de influencias está tipificada en el artículo 286 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años. (FGE)
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