RADIO COLOSAL

1040 AM HD

Exjuez de Paján es sentenciado por prevaricato

Portoviejo (Manabí), 16 de agosto de 2024.- Tribunal de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, por unanimidad, declaró la culpabilidad de Simón Oswaldo G. T. en el delito de prevaricato. La decisión la tomó luego de analizar las pruebas presentadas por Fiscalía durante el juicio.

Los magistrados acogieron el pedido realizado por la Institución e impusieron la pena de cuatro años de pena privativa de libertad.

En el desarrollo de la audiencia, Fiscalía señaló que el delito investigado ocurrió en el contexto de un juicio civil por desahucio, en el cual, el hoy sentenciado falló en contra de ley expresa, trasgrediendo tanto la ley de inquilinato como el procedimiento establecido para este tipo de juicios.

Con la presentación de las pruebas testimoniales, periciales y documentales, Fiscalía probó que las acciones del exjuez, hoy sentenciado, habría afectado a una de las partes.

Según la denuncia, que formó parte de las pruebas presentadas, a la víctima se le había iniciado un juicio civil por inquilinato, sin ser arrendatario de un bien inmueble, del cual había demostrado ser posesionaría.

Además, se presentó documentación relacionada con el proceso mencionado (incluida la sentencia) en el que, de forma dolosa —como lo demostró Fiscalía—, el exjuez de Paján ordenó el desahucio de la víctima y el abandono del bien por el cual se presentó la demanda.

También, se incluyó la calificación de manifiesta negligencia emitida por el Consejo de la Judicatura, por los mismos hechos denunciados y la resolución por la cual el exmagistrado fue destituido de su cargo.

El sentenciado, Simón Oswaldo G. T., también se encuentra procesado por presunta delincuencia organizada en el Caso Plaga, en el cual Fiscalía investiga una red conformada por jueces y abogados dedicada a tramitar, de forma ilegítima, acciones constitucionales a personas privadas de la libertad.

Información jurídica

El delito de prevaricato de los jueces se encuentra tipificado en el artículo 268 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)

About The Author