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Fiscalía obtiene sentencia por tráfico de combustible

Guano (Chimborazo), 30 de agosto de 2024.- Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía, se sentenció a tres años de pena privativa de libertad a Wilmer G., al demostrar su responsabilidad en el delito de almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de hidrocarburos, gas licuado de petróleo o biocombustibles.

Fue aprehendido en un operativo ejecutado por agentes de la Unidad de Hidrocarburos de la Policía Nacional.

Ocurrió el 30 de mayo de 2024, en la Panamericana Norte E35 a la altura de la parroquia San Andrés, en el cantón Guano. Los agentes conocieron el presunto cometimiento del delito, mediante las técnicas de investigación practicadas. Aquel día, el ahora sentenciado se movilizaba en camión con nueve recipientes que contenían dos tipos de hidrocarburos.

Tras la inspección del vehículo, Wilmer G. no tenía documentos que justificaran el transporte de dicha sustancia, por lo que fue aprehendido en circunstancia flagrante.

En la audiencia, la Fiscalía Multicompetente de Guano presentó las pruebas obtenidas, entre ellas la versión de los agentes aprehensores, el formulario de cadena de custodia del vehículo, el informe de reconocimiento de evidencias y el informe de revenido químico.

A esto se sumaron el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, la pericia de reconocimiento de la sustancia y el informe técnico de volumen del líquido decomisado, que determinaron que las sustancias eran diésel y gasolina, con un volumen equivalente a 1.500 y 150 galones respectivamente.

Información jurídica

El delito de almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de hidrocarburos, gas licuado de petróleo o biocombustibles, literal d (gran escala), está tipificado en el artículo 264 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuya pena privativa es tres a cinco años. (FGE)

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