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Ciudadano es sentenciado a 19 años como autor de violación, la víctima fue su cuñada de 12 años

La Maná (Cotopaxi).- Luego de analizar las pruebas presentadas por la Fiscalía, un Tribunal de Garantías Penales de Cotopaxi sentenció a diecinueve años de pena privativa de libertad a Óscar C., como autor de la violación de su cuñada, una niña de 12 años.

La Fiscalía demostró que el 9 de diciembre de 2023, la víctima se encontraba en su domicilio ubicado en la parroquia Guasaganda, en el cantón La Maná. Llegó su cuñado, Óscar C., (de 20 años) quien –aprovechando que se encontraba sola– le había llevado a la fuerza a la habitación aledaña.

Allí, en uno de los colchones que se encontraba en el piso, violentó sexualmente a la niña. La menor trató de gritar, pero le tapó la boca. Luego de cometer el delito, le había lanzado una moneda de un dólar, diciéndole que no cuente a nadie.

Más tarde, su madre llegó a casa y se dio cuenta de que su hija estaba llorando. Al preguntarle lo que ocurría, la niña le contó lo sucedido. Es así que la mujer enfrentó a su yerno, quien le respondió de forma agresiva y se retiró del lugar con rumbo desconocido.

La madre de la víctima acudió a las instalaciones de la Unidad de Policía Comunitaria de Guasaganda y dio a conocer lo ocurrido. Inmediatamente, los policías se trasladaron al lugar de los hechos, donde la víctima –de forma libre y voluntaria- corroboró lo manifestado por su madre. Posteriormente, el agresor fue detenido.

En la audiencia de juicio, la Fiscalía expuso el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de evidencias, así como el informe pericial biológico. Además, el testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de la perito -quien practicó el examen médico legal ginecológico-, y de los agentes policiales que intervinieron en la detención. También se presentaron los testimonios del trabajador social quien realizó el informe de entorno social y del perito que hizo la valoración psicológica.

Información jurídica

Todas las pruebas fueron determinantes para que los jueces emitan el fallo condenatorio por el delito de violación, tipificado y sancionado en el Art. 171 numerales 1 y 2 del Código Orgánico Integral Penal, COIP. (FGE)

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