RADIO COLOSAL

1040 AM HD

Fiscalía logra pena máxima para hombre que violó a su sobrina política

Lago Agrio (Sucumbíos), 12 de septiembre de 2024.- “Me dolía mucho tener esto en el corazón”. Esas fueron las palabras que una adolescente expresó durante la entrevista psicológica, pericia que Fiscalía expuso como prueba ante un Tribunal para demostrar el delito de violación.

La joven –que actualmente tiene 16 años de edad– explicó que guardó silencio por más de dos años sobre lo que le estaba pasando. Ella tenía miedo de que su madre la reprenda, pero, sobre todo, temía que su agresor cumpla con las amenazas de atentar contra la integridad de su progenitora.

La víctima, además, indicó que Daniel David R. –su tío político– le ofrecía dinero para comprar su silencio después de cada vez que la violaba.

La Fiscalía General del Estado procesó al responsable de estas reiteradas agresiones sexuales y logró que un Tribunal de Garantías Penales lo sentencie a veintidós años de privación de la libertad.

En su testimonio anticipado, la adolescente indicó que su familiar la ultrajó desde que tenía 10 años y que los hechos se repitieron hasta cuando cumplió 13 años de edad.

La madre, quien también testificó en la audiencia de juicio, narró que llevó a su hija al médico para una revisión. La joven, dijo, no quiso que ella se quede en la consulta, tenía miedo que se entere de que fue violada.

Quien sí se enteró de lo ocurrido fue la doctora que la atendió. Ella tuvo que notificar a la madre para que inicie el trámite legal pertinente.

El Fiscal del caso informó al Tribunal que las violaciones ocurrieron mientras la joven se encontraba sola. Se dieron en varios espacios aledaños al inmueble en donde ella residía.

Todas las pruebas practicadas en la audiencia convencieron a los jueces, quienes, a más de la pena privativa de la libertad, ordenaron el pago de una multa de 600 salarios básicos unificados y 5.000 dólares de reparación, a favor de la víctima.

Información jurídica

Daniel David R. fue sentenciado con base en el artículo 171, inciso primero, numeral 3 del Código Orgánico Integral Penal. La norma sanciona el delito de violación con una pena privativa de la libertad de diecinueve a veintidós años cuando la víctima sea menor de 14 años. (FGE)

About The Author