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Prisión preventiva para 2 hermanos por presunto tráfico de drogas

Pujilí (Cotopaxi), 19 de septiembre de 2024.- Con base en los elementos de convicción presentados por Fiscalía, Juez de la Unidad Judicial de Latacunga llamó a juicio a Jairo C. C. y Darwin C. C., como autores directos del delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, a gran escala.

Además, acogió el pedido ‒legalmente fundamentado‒ de Fiscalía y les ratificó la prisión preventiva, la prohibición de enajenar bienes hasta por un monto equivalente a sesenta remuneraciones básicas unificadas y la retención de cuentas en las entidades del Sistema Financiero Nacional, por el mismo valor.

La madrugada del pasado 14 de enero, en la vía La Maná-Pujilí-Latacunga, Jairo C. C. conducía una furgoneta y Darwin C. C. un vehículo tipo Jeep. Al percatarse de la presencia policial, se pusieron nerviosos y detuvieron la marcha de los automotores.

Los servidores policiales hicieron una revisión minuciosa de los vehículos y encontraron 233 bloques tipo ladrillo –cubiertos con cinta adhesiva de color café–, en cuyo interior había una sustancia rocosa blanquecina.

En la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, Fiscalía expuso los elementos de convicción recabados. Entre estos: el parte de aprehensión, las actas de entrega de los vehículos y de evidencias a la bodega del centro de acopio temporal.

También se presentó el acta de verificación y pesaje de la sustancia decomisada, que determinó que se trataba de cocaína, con un peso neto de 238,48 kilogramos.

Asimismo, se incluyeron las versiones libres y voluntarias de los procesados, quienes manifestaron que fueron contratados por una persona para trasladar los vehículos desde la ciudad de Francisco de Orellana hasta La Maná.

Además, Fiscalía presentó el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y las versiones de los agentes de policía aprehensores.

Información jurídica

Estos ciudadanos son procesados por el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal d, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)

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