Guayaquil (Guayas), 22 de enero de 2025.- El Tribunal Penal de Guayas que conoció la causa, tras haber acogido las pruebas documentales, testimoniales y periciales presentadas por Fiscalía, emitió una sentencia condenatoria de veintinueve años y cuatro meses de prisión contra Abel Faustino B. M. por el delito de violación incestuosa, perpetrado contra su hija de 12 años.
Según la denuncia presentada por la madre de la víctima, la adolescente y sus tres hermanos fueron a pasar las festividades navideñas en la casa de su padre, ya que ella estaría fuera de la ciudad.
Esa noche, la víctima fue abusadamente sexualmente por Abel Faustino B. M., su padre, quien –además– la amenazó de muerte y le dijo que si contaba lo sucedido ella y sus hermanos irían a parar a un centro de adopción.
Sin embargo, las agresiones ya habían ocurrido durante casi un año, lo que provocó cambios físicos y de carácter en la adolescente. Al notar estos cambios, su madre preguntó por el motivo, a lo que la víctima reveló que su padre la había agredido sexualmente. La mujer denunció el hecho a las autoridades, indicando que, como consecuencia de la última violación, su hija había quedado en estado de gravidez.
Fiscalía inició una investigación previa contra Abel Faustino B. M. y, en la audiencia de formulación de cargos, el Juez del caso dictó medidas cautelares en su contra. Durante la etapa de juicio, los jueces del Tribunal Penal solicitaron su prisión preventiva por no comparecer a la diligencia. El procesado fue detenido el 28 de abril de 2024 en el sur de Guayaquil.
En la audiencia de juzgamiento, la Fiscal de la Unidad de Violencia de Género a cargo del caso presentó como pruebas: los informes médico-legal, ginecológico, investigativo, psicológico, de reconocimiento del lugar de los hechos, el certificado de nacimiento de la adolescente y la denuncia presentada por su madre.
Asimismo, se presentaron testimonios de ocho personas, incluyendo a los agentes de la Policía Judicial, el médico perito, los psicólogos que intervinieron en el caso, la madre de la víctima y el testimonio anticipado de la adolescente, quien identificó plenamente a su agresor.
El Tribunal Penal acogió las pruebas presentadas por Fiscalía y –además de la pena privativa de libertad– le impusieron una multa de 1.000 salarios básicos unificados y el pago de una reparación integral de 10.000 dólares a favor de la víctima.
Los magistrados también ratificaron las medidas de protección a la ofendida y a su madre.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso conforme al artículo 171.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violación incestuosa con penas de diecinueve a veintidós años de prisión. A esto se le sumaron las agravantes dispuestas en el artículo 48, numeral 4, que incrementaron en un tercio la pena impuesta. (FGE)
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