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2 procesados por secuestro extorsivo

Sucre (Manabí), 24 de enero de 2025.- La Fiscalía General del Estado formuló cargos contra Vicente G. y Joel M. por el delito de secuestro extorsivo. Ambos fueron aprehendidos tras una persecución policial, luego de que se reportara el incidente ocurrido en la vía Tosagua – Rocafuerte. El Juez que conoció la causa acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva contra los procesados.

Además, se ordenaron medidas de protección a favor de las dos víctimas, para quienes también se solicitó el ingreso al Sistema de Protección a Víctimas y Testigos.

En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal del caso informó que el hecho investigado ocurrió cuando las víctimas circulaban en una camioneta y fueron interceptadas por un vehículo. De este bajaron los hoy procesados, quienes, mediante violencia, secuestraron a las víctimas.

Agentes de Policía fueron informados sobre el suceso e inmediatamente iniciaron un operativo de búsqueda que permitió ubicar el vehículo implicado. Tras una persecución, los ocupantes intentaron huir abandonando el automotor, pero fueron aprehendidos. Las víctimas fueron encontradas y liberadas en el sector La Laguna, parroquia Charapotó, cantón Sucre.

Entre los principales elementos de convicción presentados por Fiscalía están: el parte policial que detalla las circunstancias de la aprehensión, las versiones de las víctimas ‒quienes señalaron que fueron obligadas a llamar a sus familiares para exigir dinero a cambio de su liberación‒, así como el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y el levantamiento de evidencias encontradas, entre ellas, el vehículo utilizado para cometer el delito.

Al concluir la audiencia, el Magistrado a cargo de la diligencia acogió el pedido de medida cautelar y dispuso el inicio de la instrucción fiscal. Que tendrá una duración de treinta días.

Información jurídica

El delito de secuestro extorsivo está tipificado en el artículo 162 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con una pena privativa de libertad de trece a dieciséis años. (FGE)

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