Quito (Pichincha), 29 de enero de 2025.- En audiencia de procedimiento abreviado, Jorge Eduardo A. Z., exjuez de Garantías Penales de Santo Domingo; Franklin Edmundo T. P., exjuez de la Unidad Multicompetente del cantón Pasaje; y Marco Patricio C. C., policía a la fecha de los hechos, aceptaron su responsabilidad en el delito de delincuencia organizada.
Jorge Eduardo A. Z., en calidad de autor directo, fue condenado a cuarenta y cuatro meses de prisión tras admitir su participación en la estructura criminal. El fallo incluye el pago de una multa de 5.520 dólares y, como reparación integral, 71.040 dólares, monto que corresponde al doble de la base mínima de la multa, más el dinero que recibió al otorgar la libertad a tres de los principales gatilleros del líder del Grupo de Delincuencia Organizada “Los Lobos”, Fabricio Colón P. S.
Durante la audiencia, el fiscal general del Estado (s), Wilson Toainga, presentó dieciséis elementos de convicción que demostraron la participación del Exjuez en los hechos investigados.
Franklin Edmundo T. P. fue condenado a treinta y seis meses de prisión ‒como autor directo‒ tras admitir su participación en la estructura criminal mediante la emisión de garantías jurisdiccionales ilegales a favor de varios privados de libertad.
En su caso, el fallo incluye el pago de una multa de 5.520 y 41.040 dólares como reparación integral, monto que incluye el dinero que el Exjuez recibió por sus acciones judiciales ilegítimas.
Durante la audiencia, Fiscalía presentó cuatro elementos de convicción comunes y veintiséis individuales que demostraron la participación del procesado en los hechos investigados.
También en calidad de autor directo, Marco Patricio C. C. fue condenado a cuarenta y cuatro meses de prisión tras admitir su participación en la estructura criminal. El policía a la fecha de los hechos se benefició de una medida constitucional gestionada por Cristian R. M. (abogado en libre ejercicio y prófugo de la justicia), uno de los líderes de la organización criminal, lo que le permitió reincorporarse a la Policía Nacional.
El fallo incluye el pago de una multa de 5.520 dólares y una reparación integral de 11.040 dólares, monto que corresponde al duplo de la base mínima de la multa.
Fiscalía presentó cinco elementos de convicción comunes y cinco individuales que demostraron la participación del sentenciado en los hechos investigados.
Además, el Juez de la Corte Nacional que conoce la causa dispuso ‒para los tres sentenciados‒ la publicación de la sentencia condenatoria en la web del Consejo de la Judicatura, su difusión en un medio de comunicación de amplia circulación nacional, disculpas públicas y otras medidas como parte de la reparación inmaterial.
Información jurídica
El delito de delincuencia organizada está tipificado y sancionado en el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (FGE)
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