Portoviejo (Manabí), 31 de enero de 2025.- La Fiscalía General del Estado formuló cargos contra el exjuez de Garantías Penales del cantón Chone, Joffre Javier R., por su presunta responsabilidad en el delito de prevaricato. Sobre la base de los elementos de convicción expuestos, se dispuso la medida cautelar de prisión preventiva.
Además, se ordenó la retención de cuentas que el procesado mantenga en el Sistema Financiero Nacional, así como la prohibición de enajenar bienes, con el fin de asegurar una posible multa y la reparación integral.
En su intervención, la Fiscal Provincial de Manabí explicó que los hechos investigados ocurrieron en agosto de 2023, cuando el Exjuez ‒actuando fuera de su competencia‒ habría emitido varias boletas de excarcelación a favor de privados de libertad que se beneficiaron de acciones constitucionales que, a criterio de Fiscalía, son ilegítimas.
La investigación inició tras conocer que el Exjuez de Chone habría aceptado una solicitud de liberación para una persona sentenciada a cuarenta años de prisión por un Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua.
Posteriormente, se determinó que el mismo accionar se habría aplicado a otras personas privadas de libertad, para quienes el ahora procesado emitió boletas de excarcelación, alegando un presunto diagnóstico de VIH.
Entre los principales elementos de convicción se encuentran el informe investigativo de los hechos, las copias certificadas de los procesos por los cuales los liberados cumplían condenas, las copias certificadas de los procesos mediante los cuales se otorgaron las medidas cautelares, y las boletas de excarcelación firmadas por el Exjuez.
También se presentó la sentencia de la Corte Constitucional, que establece que los jueces que actúan fuera de su competencia desnaturalizan la acción de protección, así como la documentación que evidencia que el Exjuez de Chone actuó fuera de su jurisdicción, ya que los reclusos se encontraban en un centro de privación de libertad en Ambato.
Cabe recordar que Joffre R. fue procesado en el caso Plaga y recibió sentencia condenatoria por delincuencia organizada ‒mediante el procedimiento abreviado‒ en el cual aceptó su responsabilidad por los hechos imputados por Fiscalía.
Información jurídica
El artículo 268 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el delito de prevaricato con pena privativa de libertad de cinco a siete años. (FGE)
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