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Fiscalía obtiene sentencia por abigeato

Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas).- La Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Santo Domingo de los Tsáchilas, por decisión unánime, aceptó el recurso de apelación interpuesto por Fiscalía y declaró culpable a Franklin Leonel A. como autor directo del delito de abigeato, imponiéndole una pena de tres años de prisión.

El fallo también contempla el pago de una multa de cuatro salarios básicos unificados y 200 dólares como reparación integral a la víctima.

Durante la audiencia de apelación, la Fiscal que actuó en la diligencia argumentó el recurso contra la sentencia que ratificaba la inocencia del procesado, basándose en su teoría del caso y en las pruebas que demostraron la existencia de la infracción, así como la responsabilidad del imputado.

Además, Fiscalía expuso que, en su momento, presentó elementos probatorios clave ‒como el testimonio de un testigo presencial‒ que no fueron debidamente valorados en la audiencia de juicio directo.

Finalmente, los Jueces de segunda instancia acogieron el pedido de Fiscalía, revocando la sentencia absolutoria.

Los hechos investigados

El delito ocurrió el 20 de junio de 2023 en una finca ubicada en el sector San Vicente de Paúl, en Santo Domingo.

Franklin Leonel A., junto a otras personas aún no identificadas, ingresó a una hacienda y sustrajo veintiún cerdos, los cuales cargaron en un camión. Un testigo que presenció el hecho, aseguró las puertas de la finca para impedir que los implicados huyeran y alertó a la Policía Nacional.

Minutos después, los agentes llegaron al lugar y observaron a varios sujetos, quienes huyeron al notar su presencia. Sin embargo, metros más adelante, Franklin Leonel A. fue interceptado. Al ser interrogado, afirmó ser el conductor del camión donde transportaba los animales, sin justificar su procedencia. Por ello, fue aprehendido en flagrancia.

Información jurídica

Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 199, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica el abigeato como el apoderamiento de una o más cabezas de ganado caballar, vacuno, porcino o lanar. La sanción establecida para este delito es de uno a tres años de prisión. (FGE)

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