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6 personas son sentenciadas a 9 años de prisión por tráfico de armas

Quito (Pichincha), 26 de febrero de 2025.- Como autores directos de tráfico ilícito de armas de fuego, seis personas fueron sentenciadas a una pena de nueve años y cuatro meses de privación de la libertad, y al pago de cuarenta salarios básicos unificados como multa.

Una vez cumplida la pena –dice el texto– se condena a la expulsión y prohibición de retorno al territorio ecuatoriano, por un lapso de diez años, a cuatro de los sentenciados, por ser ciudadanos extranjeros.

En la sentencia, notificada por escrito, se demuestra la teoría del caso planteada por la Unidad Nacional Especializada de Investigación Contra La Delincuencia Organizada Transnacional (Unidot 6) de la Fiscalía General del Estado.

La madrugada del 26 de enero de 2024, en medio del estado de excepción, uno de los actuales sentenciados caminaba por las calles de Puerto López (Manabí), cuando un integrante del Ejército le pidió detenerse. Sin embargo, lo evadió y corrió hacia un inmueble.

Los militares lo siguieron y dentro del inmueble encontraron a las seis personas ya sentenciadas, dos pistolas 9 mm, tres fusiles de largo alcance, catorce alimentadoras para fusil, dos alimentadoras de pistola 9 mm, 486 municiones para fusil y otras noventa y ocho municiones de diferentes calibres.

Los procesados no cuentan con la autorización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (CCFFAA) para tenencia, conservación o almacenamiento de armas de fuego, y tampoco constan en la base de datos del Sistema Informático de Control de Armas del CCFFAA, precisó el Fiscal en su alegato acusatorio.

Además –continuó Fiscalía– de acuerdo a la normativa legal vigente, estas armas están catalogadas como armamento de guerra, de uso policial y militar, mas no para uso personal.

Los peritos que practicaron las experticias de las armas y municiones concluyeron que todas están aptas para producir disparos.

En el transcurso de la indagación de este caso, una de las armas resultó con match positivo, es decir, habría sido utilizada en un asesinato en Santa Elena, por lo que esta información se derivó a dicha provincia para que continúen las investigaciones.

Información jurídica

Este caso se investigó, procesó y sentencio por tráfico ilícito de armas de fuego, armas químicas, nucleares o biológicas, delito tipificado en el artículo 362, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), más la circunstancia agravante del artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal. (FGE)

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