Guano (Chimborazo), 26 de febrero de 2025.- Edwin Ernesto P. B., integrante del Grupo de Delincuencia Organizada (GDO) “Los Lobos”, admitió su responsabilidad en el delito de tenencia y porte ilegal de armas y se acogió al procedimiento abreviado. Por tal motivo, el Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Guano, que conoció la causa, le impuso una condena de veinticuatro meses de prisión.
El fallo también incluye el pago de una multa equivalente a ocho salarios básicos unificados.
Durante la audiencia de procedimiento abreviado, llevada a cabo el 20 de febrero, el Fiscal Multicompetente de Guano presentó, como elementos de convicción, las versiones de los agentes que participaron en la aprehensión, la prueba pericial balística, el informe del reconocimiento del lugar de los hechos y la certificación de la Jefatura de Control de Armas de la Dirección Logística de las Fuerzas Armadas, que demostró que Edwin Ernesto P. B. no tiene autorización para el porte o tenencia de armas, entre otros.
La noche del 18 de noviembre de 2024, agentes de Policía ‒luego de recibir información reservada‒ llegaron al sector San Pedro de las Abras, donde el ahora sentenciado intimidaba a sus vecinos con un arma de fuego.
En flagrancia, los uniformados ingresaron al domicilio del procesado y, al hacer un registro personal, encontraron un arma de fuego, una alimentadora, cinco cartuchos y dos teléfonos celulares. Por ello, fue aprehendido en delito flagrante y puesto a órdenes de Fiscalía para iniciar el proceso penal.
Información jurídica
El delito de tenencia y porte ilegal de armas está tipificado en el artículo 360, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona con una pena privativa de libertad de tres a cinco años. Sin embargo, en este caso se aplicó el procedimiento abreviado, establecido en el artículo 635 del COIP, lo que permitió reducir la pena. (FGE)
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