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3 procesados tras la incautación de 1,23 toneladas de clorhidrato de cocaína

San Cristóbal (Galápagos).- Fiscalía procesa a José Eduardo F. C., Pedro Luis C. M. y Enrique Jaime A. M. tras ser aprehendidos el pasado 28 de febrero, cuando transportaban 1,23 toneladas de clorhidrato de cocaína al interior de una embarcación de fibra de vidrio.

Personal de la Armada del Ecuador, a bordo de una patrulla guardacostas, efectuaba labores de control y vigilancia marítima el sábado 1 de marzo de 2025, a 331 millas náuticas de San Cristóbal, cuando interceptó una lancha pesquera sin identificación y con tres motores fuera de borda, a bordo de la cual se encontraban tres ocupantes.

Tras la inspección, se descubrió que la embarcación transportaba veintiocho bultos con 1.100 bloques tipo ladrillo envueltos en cinta adhesiva, junto con treinta y siete tanques de combustible, dos teléfonos celulares, y otros objetos. Los bloques estaban marcados con la palabra “POLARIS”. Todos los objetos fueron incautados e ingresados en cadena de custodia.

Los tripulantes de la embarcación no justificaron el origen del cargamento ilícito y se acogieron al derecho al silencio. Fueron aprehendidos por el personal naval y trasladados al puerto de San Cristóbal, donde fueron puestos a órdenes de las autoridades policiales y judiciales.

En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, la Fiscal del caso presentó los elementos de convicción, entre los que se incluyen el parte de aprehensión de la Policía Antinarcóticos, la prueba de identificación preliminar homologada, el acta de verificación y pesaje de la droga que confirmó 1,23 toneladas de cocaína y las evidencias recabadas.

La Jueza de Garantías Penales de turno acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva contra José Eduardo F. C., Pedro Luis C. M. y Enrique Jaime A. M. La instrucción fiscal durará treinta días.

Información jurídica

Fiscalía procesa este caso conforme al artículo 220, numeral 1, literal d del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona la posesión, distribución, tenencia, transporte y venta de sustancias sujetas a fiscalización, con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. (FGE)